![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#1
|
||||
|
||||
|
Buenas cofrades
![]() Pues como digo en el título, no sé donde puedo consultar las cuestiones legales acerca de las responsabilidades del armador y/o las del patron. Por decirlo en un supuesto de que un barco sea alquilado (todo legal) para unos dias por un patron (hasta aqui nada nuevo). Pero.... ¿que pasa si el barco (con el patron que ha alquilado el barco) se mete en un marrón... o accidente... o asunto de contrabando o... ?... En fin, que hace tiempo leí en alguna parte lo que dice la Ley para segun que caso y ahora no logro acordarme donde fue. Se agradecerían referencias a textos legislativos. Un cordial saludo |
|
#2
|
||||
|
||||
|
que pasa si alquilas un coche y lo usas para cometer un atraco? que responsabilidad tiene el que te alquilo el coche?.
Pues en el caso de un barco es lo mismo. Supongo que te darán el coñlazo para demostrar que tu no sabias nada del asunto pero nada mas. salud!! |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Galeon de Manila | ||
carcamal (24-09-2014) | ||
|
#3
|
||||
|
||||
|
Responsabilidad del patrón, toda.
Responsabilidad del armador, como dice Galeon de Manila, ninguna si todo es legal. |
![]() |
Ver todos los foros en uno |
|
|