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  #1  
Antiguo 06-08-2015, 12:52
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Predeterminado Despachos Segun Las Nuevas Normativas De La Dgmm

Buenos días a todos , unas cervecitas para aplacar este calor, y una ronda de un ron añejo para el que me responda.
Estoy discutiendo con un amigo el siguiente tema al que no llegamos a ningún punto de aclaración :

La cuestión es que según la nueva normativa de despachos la habilitaciones para zonas de navegación ha dejado de ser A,B,C,D...y pasan a denominarse zona 1,2,3,4 ...pues bien viendo el cuadro de Fomento al respecto :

http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_..._de_seguridad/

Podemos observar como en la antigua zona de navegación C comprende 12 y 24 millas, pero ahora esta categoría queda perjudicada al solo poder navegar a 12 millas.

Y aquí es dónde surgen las dudas :

1- Se podría pasar con la nueva normativa una embarcación despachada a 12 millas a 25 millas ?

En caso de no poder despachar la embarcación de mi amigo para 25 millas y él quisiera cruzar conmigo ( el en su barco y yo en el mío ) desde Denia a Ibiza, que sanción le pondrían por llevar todo legal menos el despacho de la embarcación ? ( él tiene titulo como yo PER ampliado y esta dispuesto a comprar todo el material de seguridad necesario )

Gracias cofrades!
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  #2  
Antiguo 06-08-2015, 16:02
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Predeterminado Re: Despachos Segun Las Nuevas Normativas De La Dgmm

Nadie puede ayudarnos?
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  #3  
Antiguo 06-08-2015, 16:07
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Predeterminado Respuesta: Despachos Segun Las Nuevas Normativas De La Dgmm

mira categoria CE si no es B no se puede, entiendo que pasar de más a menos no hay problema, pero subir esta limitado por el tipo de nave. Siempre te quedará pabellón extarnjero
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  #4  
Antiguo 06-08-2015, 17:10
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Predeterminado Re: Despachos Segun Las Nuevas Normativas De La Dgmm

Esa normativa es del siglo pasado, si desde entonces tu amigo no hecho nada, lo primero seria ver si el barco es operativo.
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  #5  
Antiguo 06-08-2015, 20:04
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Predeterminado Re: Despachos Segun Las Nuevas Normativas De La Dgmm


Su barca una semirrigida es del año 2011 y esta totalmente operativa con motor nuevo de este mismo año.
Parece ser según he investigado que una cosa es diseño de embarcación o marcado CE y otra el equipo de seguridad.
Parece ser que aunque este en categoría C pero la seguridad abordo es acorde a 25 millas uno puede navegar a esa distancia.
En cuanto al abanderamiento extranjero, parece q ahora hay q justificar que el patrón reside al menos 6 meses fuera de España para no exigirle los papeles de la embarcación. ..solo la titulación (que en este caso si la tiene PER+ habilitación )
Cómo veis es todo muy lioso, y creo que en esta situación estarán muchos otros cofrades.

Editado por IMPULSES en 06-08-2015 a las 20:07.
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  #6  
Antiguo 06-08-2015, 20:40
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Predeterminado Re: Despachos Segun Las Nuevas Normativas De La Dgmm

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Su barca una semirrigida es del año 2011 y esta totalmente operativa con motor nuevo de este mismo año.
Parece ser según he investigado que una cosa es diseño de embarcación o marcado CE y otra el equipo de seguridad.
Parece ser que aunque este en categoría C pero la seguridad abordo es acorde a 25 millas uno puede navegar a esa distancia.
En cuanto al abanderamiento extranjero, parece q ahora hay q justificar que el patrón reside al menos 6 meses fuera de España para no exigirle los papeles de la embarcación. ..solo la titulación (que en este caso si la tiene PER+ habilitación )
Cómo veis es todo muy lioso, y creo que en esta situación estarán muchos otros cofrades.
buenas, el rd 875/2014 con la nueva normativa, no dice absolutamente nada a ese respecto,
la derogacion de las zonas a b c se hizo,por el año2002 creo recordar, y se establecerion las zonas 1 a 7
si la barca es de 2011 estara despachada para zona 4 como mucho, asi que creo que podrias informarte en capitania, si esa barca se puede pasar a zona 3 si su categoria de diseño lo permite
por lo de cuanto seria la multa, mejor no probarlo, porque seria de un valor mas alto que el de la barca
suerte y saludos
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  #7  
Antiguo 06-08-2015, 21:14
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En serio???? Q la multa puede exceder lo que le costó a mi amigo la embarcacion?
Lo estamos leyendo juntos y me lo estáis acojo...ando.
Entonces,la solución que se me ocurre es el abanderamiento extranjero. ...podría ser una solución?
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  #8  
Antiguo 06-08-2015, 21:19
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En serio???? Q la multa puede exceder lo que le costó a mi amigo la embarcacion?
Lo estamos leyendo juntos y me lo estáis acojo...ando.
Entonces,la solución que se me ocurre es el abanderamiento extranjero. ...podría ser una solución?
Las multas se basan en que son las mismas que para la marina mercante o de pasajeros, casi todas empiezan en 'solo' 3000 euros y de ahí para arriba.
Mejor no probar....
__________________
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El exito es la preparación combinada con la oportunidad.
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  #9  
Antiguo 06-08-2015, 22:01
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Bien , entonces la única solución es abanderar su embarcación en Bélgica u Holanda donde no existen zonas de navegación para las categorías de diseño.
Es así? O tampoco esa sería su solución?
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  #10  
Antiguo 07-08-2015, 11:44
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Es asi, esa es la solucion.

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  #11  
Antiguo 08-08-2015, 11:57
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En cuanto al abanderamiento extranjero, parece q ahora hay q justificar que el patrón reside al menos 6 meses fuera de España para no exigirle los papeles de la embarcación. ..solo la titulación (que en este caso si la tiene PER+ habilitación )
Es increíble las cosas que se cuentan:
  • La normativa española permite abanderar en otro país, sin exigencia de residir fuera de España.
  • Luego hay rumores que no dan la baja para abanderar en Bélgica (o Holanda) si no se puede demostrar domicilio ahí ¡FALSO!.
  • Me han comentado también que hay que tener domicilio en Bélgica para poder abanderar ahí: ¡FALSO!

Todas estas habladurías vienen de gente que no sabe, ha escuchado "algo" y entonces ha supuesto que se aplique ese "algo" a esta situación.

Mi consejo: acude a un profesional, uno que sepa, que ha hecho cientos de abanderamientos para que te pueda asesorar como es debido.

Por cierto: en Bélgica la administración se está hartando de la cantidad de personas que están enviando sus expedientes sin estar completos y que no se enteran de cómo hacer los trámites en ese país. Otra vez: acude a un profesional para que el expediente no se atasque entre los cientos que están parados.

Un saludo,
el belga
__________________
www.banderabelga.info
http://www.youtube.com/channel/UCtQB...fT3-vzQ/videos

Navegar sin problemas con la bandera belga
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  #12  
Antiguo 08-08-2015, 13:39
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Predeterminado Re: Despachos Segun Las Nuevas Normativas De La Dgmm

Coincido con el Belga : ademas insisto sobre el hecho de que hay que presentar traducciones de calidad Profecional, no aproximaciones ( con traducciones de Google , ni os molestéis en mandar el expediente ... )


Respondiendo a le pregunta :

. La categoría de navegación es lo que limita la singladura , por mucho que la nave tenga equipamiento de seguridad como para traversas el atlántico.

. Si bien el hecho de tener bandera Belga , Holandesa o la que sea no distinga la zonas de navegación como en España , en caso de problemas , el seguro nunca va a cubrir una embarcación fuera de su zona de navegación atribuada por construcción ( que un simple remolque puede valer un riñón )
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