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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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| Avisos |
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Herramientas | Estilo |
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#1
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Según la ORDEN FOM/3200/2007.
Artículo 4. Naturaleza de los títulos. Los títulos regulados en esta orden habilitan, exclusivamente, para el gobierno de embarcaciones de recreo y motos náuticas, que sean utilizadas exclusivamente para dicha actividad. De aquí, entiendo que no se puede trabajar en España con un título PER y te podrían denunciar por intrusismo profesional en caso de hacerlo. Otra cosa es que tengas el PPER y aun así la normativa le atribuye competencias muy limitadas. ¿Alguien sabe si existe de algún país donde la titulación española de PER pueda ser convalidada por una profesional, y puedas con esta titulación percibir remuneración lícitamente?.![]() Unas ronda de agradecimiento por adelantado ![]() |
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#2
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Cita:
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#3
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Eso es lo que me suponía pero no tengo documentación fidedigna al respecto que lo confirme.
He visto que en la misma orden anteriormente mencionada, hay un anexo de títulos recreativos de algunos países de la comunidad que son aceptados en España para navegar con las limitaciones que les confiere en sus países. Me imagino que deberá ser por acuerdo entre países y nosotros podremos navegar por sus aguas con las limitaciones de nuestros títulos y he leído en algún hilo, el cual no localizo, que antes de navegar en las aguas de algún país deberíamos informarnos si nuestros títulos son válidos para navegar en ellos. ¿Alguien sabe dónde podría obtener información de los requisitos que cada país solicita para navegar?, o en su defecto, si quisiera dar la vuelta a cada continente solo alejándome 12 millas de la costa con el PER, ¿podría hacerlo?. |
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#4
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Cita:
ahora te invito a que busques, un hilo que salio hace pocos dias, que te va a paracer "gracioso" en la comunidad balear, ofertaban una plaza de funcionario profesional, para el mantenimiento de Sa-Dragonera, y pedian como requisito indispensable, tener un titulo de P E R te imaginas un puesto de funcionario que se supone que es profesional y ademas por oposicion, con un titulo de recreo, esto es de juzgado de guardia, por mucho gobierno balear que sea, |
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#5
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Cita:
Si es este, han rectificado. Cita:
Ya me parecía a mi algo muy raro, poder trabajar en España legalmente con el PER.![]() |
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#6
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Buenas,
para todos.Voy a aclarar un tema en el que parece que todo el mundo está equivocado. Oficialmente, ninguna titulación náutica española está reconocida en el extranjero, ni PER, ni PY, ni CY. Otra cosa es que cuando tu viajes a otro pais con tu barco no te digan nada, pero si quisieran, podrían. Existe un formato internacional que es el “International Pleasure Craft", el cual es un convenio por el cual los propietarios de un título náutico podran navegar en los paises acogidos al mismo. Y, ¿adivinais qué?, exacto, España no esta acogida al mismo. Por lo cual, los títulos náuticos españoles, y repito, oficialmente, solo están reconocidos en España. Y como no me gusta eso de "he oido, me han dicho, tengo entendido...", os dejo los links tanto de la noticia, como de la wikipedia y de la UNECE http://www.fondear.org/infonautic/sa...lo_Espanol.htm http://en.wikipedia.org/wiki/Interna..._Resolution_40 http://www.unece.org/fileadmin/DAM/t...-147-Rev1e.pdf |
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#7
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Se puede navegar donde quieras pero con la legislación del pabellón de tu barco si navegas en Francia irás con tu legislación eso si con seguro
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#8
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Cita:
los profesionales, valen en todo el mundo, |
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#9
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![]() Aquí en Australia sí están reconocidos los títulos de España. Y navegamos con ellos todos los días sin ningún problema. Y no hemos tenido problemas al navegar por países europeos tampoco. De hecho, las exigencias para obtener títulos son de las más altas y en Europa se sabe... ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Neska | ||
Polizona (15-07-2014) | ||
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#10
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Cita:
Un saludo |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a jonri | ||
Polizona (20-07-2014) | ||
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#11
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Buenas,
para todos.Lo vuelvo a repetir, no tienen validez oficialmente según podéis comprobar vosotros mismos en la documentación que he adjuntado en el post anterior. Otra cosa es que evidentemente si vas a alquilar un barco y les vas a pagar una pasta, te admitan la titulación española. De hecho es lo que suele pasar en cualquier parte. Saludos. |
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#12
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Unas rondas
para evitar que te tomes a mal mis dudas.Cita:
.¿Tienes la certeza total que en ningún otro país no existe algo parecido a esto en su legislación para poder afirmar que no están oficialmente reconocidas nuestras titulaciones en otros países?, porque la DGMM sí que admite oficialmente las de otros países. Orden FOM 3200/2007 Disposición adicional quinta Alquiler de embarcaciones de recreo españolas Las embarcaciones españolas de lista sexta, cuando vayan a ser alquiladas sin tripulación, se podrán alquilar a cualquier persona física en posesión de un título de los que figuran en la lista del anexo XII, con las limitaciones que para los mismos se indican en dicho anexo. ANEXO XII Títulos expedidos por otros Estados Serán admitidos por la Dirección General de la Marina Mercante las titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo emitidas por aquellos Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, además de los que figuran en el siguiente cuadro. (…) Anexo XII actualizado conforme establece la Res. 15 diciembre 2011, de la Dirección General de la Marina Mercante Tengo entendido que mucha normativa española obedece directrices europeas y trata en todo momento establecer criterios comunes, por lo que sospecho que la modificación de texto del Anexo XII puede estar originada por alguna de ellas, pero puedo estar equivocada, no he sido capaz de encontrar ninguna referencia a ello y puede ser única y exclusivamente solo para favorecer que se alquilen embarcaciones en España, pero al principio solo reconocían los del cuadro y ahora todos los de la UE y EEE, ¿porqué ese cambio?. Saludos. |
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#13
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Creo que con el PER te dan directamente el capitán de la marina mercante panameño
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#14
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Y a la pregunta de la persona que ha iniciado el hilo, ni el per ni ningún otro titulo deportivo es convalidable por un titulo profesional, ni en España ni en el extranjero.
Unicamente con el CY y otra serie de requisitos adicionales, se puede obtener en España el certificado de especialidad de PPER. Un saludo |
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#15
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¿Qué es "el extranjero"?¿el país que está fuera de las fronteras locales?¿extranjeristán, o extranjerilandia? Hay algo así como 195 países reconocidos en el mundo, pero muchos mas si se cuentan regiones e islas mas o menos independientes que también tienen o pueden tener sus propias leyes. Y cada uno podrá legalizar lo que le de la gana, como si quieren convalidar el carnet de conducir por una licenciatura.
La pregunta es si alguien conoce un país donde se pueda trabajar con el PER. Si alguien conoce uno, puede responder que "sí", pero quien no conoce ninguno solo puede responder que "no conoce", a menos que conozca todas las legislaciones del mundo y lo pueda constatar. Salud ![]() |
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#16
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Cita:
para todos.Y puestos a especular, quizás tambien te convaliden un título de FP de fontanería por el carnet de astronauta en el Congo Belga. Ese enlace que he puesto es el documento oficial de la UNECE, ¿que luego hay otras asociaciones por Asia, Africa o Sudamérica que sí admiten los títulos españoles?, pues podría ser, cuestión de especificar mas. Pero sinceramente, muuuuuy seguro tendría que estar yo de sus leyes antes de jugarmela e ir a cualquier pais a trabajar con el PER. Polizona, en esa lista te pone los paises en los que NO te reconocen la titulación nautica DE RECREO española. Luego ya si te interesa otro pais fuera de esos, haznoslo saber. Saludos. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a zimbawes | ||
whitecast (23-07-2014) | ||
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#17
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Buenas a tod@s, he seguido vuestro hilo y desde la ignorancia en estos temas pregunto:
si es cierto según he podido leer aquí http://marinos.es/nuevas-atribucione...ica-de-recreo/ que se va a poder trabajar LEGALMENTE con el PER muy pronto, ¿entonces también nos serviría esto para el extranjero?, (en mi caso me interesa saberlo para Malasya, Tailandia y México). Gracias de antemano. |
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#18
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Cita:
si te vas a esos paises que citas, podras trabajar descargando barcos, y llevar tu PER en el bolsillo. en españa ningun extranjero, puede trabajar, con un titulo de recreo de su pais, puede navegar con su barco y con su bandera, igual que un español,puede navegar en todo el mundo, con su barco y el titulo de españa, y su bandera un saludo |
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#19
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Cita:
).Un saludo y gracias a tod@s. |
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