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  #1  
Antiguo 18-01-2017, 18:11
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Predeterminado Discriminación Patron belga/ Patron Español

Segun la ley que sacaron en el 2014(creo recordar) un patron Español con Barco Belga no puede Navegar sin el titulo de PER habilitado a baleares y un Belga con el mismo barco si puede hacerlo y sin problemas....

Esto no es discriminación?


Salud
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  #2  
Antiguo 18-01-2017, 21:09
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Predeterminado Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español

No es discriminación porque cada estado es soberano para establecer en su territorio y aguas las normas que crea convenientes. El error de concepto es que muchos creen que la UE es como los EEUU y no es así , los estados solo han cedido parte de su soberanía a la UE en determinados ámbitos, en otros muchos no. La regulación de la náutica de recreo no es uno de ellos
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  #3  
Antiguo 18-01-2017, 21:19
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Predeterminado Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español

Pues yo creo que si, . La UE se basa sobre principios que tienen que respetar los códigos legislativos de los estados miembros y la no discriminación es unode ellos.
O eso nos han hecho creer.
Otra cosa es llevar elcaso a los tribunales europeos ,eso supongo implicaría mucho dinero y mucho tiempo pero ha habido casos y se han ganado.
Un saludo
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  #4  
Antiguo 18-01-2017, 22:29
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Predeterminado Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español

La redacción del artículo pertinente está muy bien pensada para que sin discriminar abiertamente lo haga en la práctica. Ahora con el tablet es un rollo buscarlo, pero si alguien es tan amable...

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...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos.
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  #5  
Antiguo 18-01-2017, 22:46
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Predeterminado Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español

Cita:
Originalmente publicado por Bertie Ver mensaje
La redacción del artículo pertinente está muy bien pensada para que sin discriminar abiertamente lo haga en la práctica. Ahora con el tablet es un rollo buscarlo, pero si alguien es tan amable...
Coincido contigo, cofrade Bertie, es un prodigio en cuanto a lo enrevesado de la redacción... y un desastre en cuanto al resultado que consigue.

Copio:

"Disposición adicional quinta. Exigencia de titulación para el gobierno de embarcaciones de recreo abanderadas en otros Estados.

1. Toda persona que gobierne una embarcación de recreo, abanderada en otros Estados, que navegue por aguas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción deberá estar en posesión de una titulación que le habilite para realizar dicha navegación.
2. A los efectos previstos en el apartado anterior la titulación exigible, en aquellos casos en los que la nacionalidad del patrón coincida con la del pabellón de la embarcación, será la requerida de acuerdo con la legislación del país de nacionalidad del patrón; y para los casos en los que no coincidan ambas nacionalidades la titulación será aquella requerida por la legislación del país de residencia del patrón o en su defecto, la de su nacionalidad."

La mayor parte de las combinaciones de nacionalidad del patrón - país de pabellón - país de residencia del patrón son delirantes. En cuanto tenga un rato subiré una tabla explicativa...

Saludos y
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  #6  
Antiguo 18-01-2017, 23:04
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Predeterminado Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español

Buenas noches un orujito que el frio aprieta. No hace falta el cambio de bandera para discriminación, que por cierto mi pabellón es Belga.un PER de Baleares o Canarias puede trasladarse entre islas pasados el limite de 12. Cuando hay la misma distancia desde Denia - Ibiza que Ibiza Mallorca o en Canarias de Fuente Ventura a Las Palmas casi 200 millas. Sacarse la habilitación de Baleares para sacar mas cuartos, por que ya me diréis que se aprendes en 24 h y casi todas las practicas son costeando.
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Joanet78 (22-01-2017)
  #7  
Antiguo 18-01-2017, 23:59
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Predeterminado Discriminación Patron belga/ Patron Español

Cita:
Originalmente publicado por jahihu Ver mensaje
Buenas noches un orujito que el frio aprieta. No hace falta el cambio de bandera para discriminación, que por cierto mi pabellón es Belga.un PER de Baleares o Canarias puede trasladarse entre islas pasados el limite de 12. Cuando hay la misma distancia desde Denia - Ibiza que Ibiza Mallorca o en Canarias de Fuente Ventura a Las Palmas casi 200 millas. Sacarse la habilitación de Baleares para sacar mas cuartos, por que ya me diréis que se aprendes en 24 h y casi todas las practicas son costeando.


Entre Gran Canaria y Fuerteventura hay 60 millas pero tienes razón en todo de hecho algo muy curioso es que un PER puede navegar entre islas pero el barco si tiene que estar en zona 2.
A mi me resulta peculiar que la ley te exija conocimientos para 12 millas pero ponga en tus manos material para el que (según ellos) no deberías tener conocimiento.
Por eso yo soy holandés 😄

🍻🍻🍻🍻
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  #8  
Antiguo 20-01-2017, 13:46
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Predeterminado Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español

Me podéis ayudar en la interpretación de este punto?

2. A los efectos previstos en el apartado anterior la titulación exigible, en aquellos casos en los que la nacionalidad del patrón coincida con la del pabellón de la embarcación, será la requerida de acuerdo con la legislación del país de nacionalidad del patrón; y para los casos en los que no coincidan ambas nacionalidades la titulación será aquella requerida por la legislación del país de residencia del patrón o en su defecto, la de su nacionalidad.

Yo soy Portugués y resido en España. Si cambio a pabellón Belga podré navegar en España con mi titulo Portugués o necesito un titulo Español?
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  #9  
Antiguo 20-01-2017, 16:15
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Predeterminado Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español

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Originalmente publicado por RMR2ENG Ver mensaje
Me podéis ayudar en la interpretación de este punto?

2. A los efectos previstos en el apartado anterior la titulación exigible, en aquellos casos en los que la nacionalidad del patrón coincida con la del pabellón de la embarcación, será la requerida de acuerdo con la legislación del país de nacionalidad del patrón; y para los casos en los que no coincidan ambas nacionalidades la titulación será aquella requerida por la legislación del país de residencia del patrón o en su defecto, la de su nacionalidad.

Yo soy Portugués y resido en España. Si cambio a pabellón Belga podré navegar en España con mi titulo Portugués o necesito un titulo Español?
Español residente en UK navegando en España con mi barco bandera UK, SSR registrado y con el ICC ingles. Me paro aduanas, fueron muy amables y no tuve problemas al enseñarles el certificado consular. Me dieron un documento de ok y me dijeron que se lo enseñara a la GC si me paraban. Me paro la GC, les enseñe el documento de aduanas y se fueron.

Entiendo que si resides en España tendrás que tener titulacion Española.
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  #10  
Antiguo 20-01-2017, 16:59
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Predeterminado Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español

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Originalmente publicado por RMR2ENG Ver mensaje
Me podéis ayudar en la interpretación de este punto?

2. A los efectos previstos en el apartado anterior la titulación exigible, en aquellos casos en los que la nacionalidad del patrón coincida con la del pabellón de la embarcación, será la requerida de acuerdo con la legislación del país de nacionalidad del patrón; y para los casos en los que no coincidan ambas nacionalidades la titulación será aquella requerida por la legislación del país de residencia del patrón o en su defecto, la de su nacionalidad.

Yo soy Portugués y resido en España. Si cambio a pabellón Belga podré navegar en España con mi titulo Portugués o necesito un titulo Español?
Si la reglamentación portuguesa exige un título (cosa que desconozco), necesitas título español (el del país de residencia); si no lo exige, aunque tal título exista (caso de Reino Unido o Bélgica, por ejemplo), te vale el título portugués (el del país de nacionalidad).

Por otra parte, el título portugués sí te permite, según la Disposición Adicional Cuarta, el gobierno de embarcaciones de pabellón español.

Como ves, todo un cromo de legislación...

Saludos y
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  #11  
Antiguo 20-01-2017, 17:04
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Predeterminado Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español

uff...

Es que queria cambiar de pabellón pq todos los años tengo de solicitar una autorización en capitania para gobernar una embarcación de recreo con titulo extranjero, y ahora me doy cuenta de que si lo hago sería obligado a tener un titulo español, porque si bien que soy portugués y tengo titulo de mi nacionalidad (emitido en Portugal), resido en España.

Que sin sentido. En Portugal los titulos de otros estados membros son automaticamente reconocidos.
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  #12  
Antiguo 20-01-2017, 17:09
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Predeterminado Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español

No sé si podrías intentar que te convaliden definitivamente el título portugués por el español equivalente...

Saludos y
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  #13  
Antiguo 20-01-2017, 17:13
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Predeterminado Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español

No creo...

Aqui tener el titulo de navegación es casi como tener una carrera.

Como aqui navego mas por la ría y en Portugal es donde navego más lejos de la costa creo que sacaré ese titulo de las 2 millas por 120 EUR que se hace en un dia sin examen.
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Editado por RMR2ENG en 20-01-2017 a las 17:37.
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  #14  
Antiguo 20-01-2017, 19:54
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Predeterminado Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español

Pero entonces a ver que me quede claro,con el per habilitado a vela y con bandera belga y en zona 4 lista 7ª hasta las baleares desde Denia o desde motril a melilla.
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  #15  
Antiguo 20-01-2017, 23:12
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Predeterminado Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español

La respuesta la tienes en la residencia. PER habilitado a vela o no, si eres español residente en España son 12 millas y punto.
En este supuesto la bandera belga no te va a ayudar.

Un saludo y
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Antiguo 21-01-2017, 13:08
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Cita:
Originalmente publicado por jorgenorge Ver mensaje
Pero entonces a ver que me quede claro,con el per habilitado a vela y con bandera belga y en zona 4 lista 7ª hasta las baleares desde Denia o desde motril a melilla.
Desde motril a melilla hay de 24 millas;
https://www.dropbox.com/s/smtbqwklub...lilla.png?dl=0

pero siempre puedes decir que has pasado por el estrecho porque una vez salgas de las 12 millas ya estas en aguas libres.

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Slava Ukrayini!.
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  #17  
Antiguo 21-01-2017, 13:27
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Predeterminado Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español

Cita:
Originalmente publicado por jorgenorge Ver mensaje
Pero entonces a ver que me quede claro,con el per habilitado a vela y con bandera belga y en zona 4 lista 7ª hasta las baleares desde Denia o desde motril a melilla.
Con bandera Belga no hay lista 7ª ni zona pero tienes que tener la ampliacion de Baleares si si no no por titulacion y lo de Motri a Melilla si no te van siguiendo con el radar pues lo que dice Markuay o decir que has bajado hasta Algeciras y de hay a Ceuta.
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  #18  
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Predeterminado Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español

Cita:
Originalmente publicado por markuay Ver mensaje
Desde motril a melilla hay de 24 millas;
https://www.dropbox.com/s/smtbqwklub...lilla.png?dl=0

pero siempre puedes decir que has pasado por el estrecho porque una vez salgas de las 12 millas ya estas en aguas libres.

Eso no es así la normativa habla de aguas donde España tenga soberanía derechos soberanos o jurisdicción y eso va más allá de las 12 millas
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  #19  
Antiguo 21-01-2017, 14:15
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Cita:
Originalmente publicado por whitecast Ver mensaje
Eso no es así la normativa habla de aguas donde España tenga soberanía derechos soberanos o jurisdicción y eso va más allá de las 12 millas
en absoluto, es un viejo tema zanjadisimo y sobre el que hay muchisima informacion.

Y ademas en este caso la costa africana esta a 8 millas por el estrecho, o sea, las aguas españolas solo tienen 4 millas escasas;

https://www.dropbox.com/s/my8m22hrne...recho.png?dl=0



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Editado por markuay en 21-01-2017 a las 14:20.
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  #20  
Antiguo 21-01-2017, 14:24
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Predeterminado Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español

Es tu opinión pero no des ideas falsas en el foro porque luego la gente se las cree y luego le pasa algo a 24 millas no tienen el título adecuado y pueden tener un problema con el seguro o un buen multazo
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  #21  
Antiguo 21-01-2017, 14:35
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Predeterminado Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español

Cita:
Originalmente publicado por whitecast Ver mensaje
Es tu opinión pero no des ideas falsas en el foro porque luego la gente se las cree y luego le pasa algo a 24 millas no tienen el título adecuado y pueden tener un problema con el seguro o un buen multazo


Lo dicho es un tema muy machacado en el foro, el seguro de un barco belga no conoce zonas de navegacion y al gobierno marroqui se la trae floja la legislacion española.

buen fin de semana.
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Slava Ukrayini!.

Editado por markuay en 21-01-2017 a las 14:38.
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  #22  
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Predeterminado Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español

Pues nada como el cofrade markuay dice que es un tema
zanjadísimo pues nos podemos pasar por el forro lo que dice el real decreto claro que si campeón
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  #23  
Antiguo 21-01-2017, 15:38
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Predeterminado Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español

El real decreto nosequenosecuantos ternina a 3,9 millas en el estrecho y en cualquier caso entraria en vigor algun real decreto de Marruecos, eso no es opinable, es geografia.

En cuanto al tema del seguro, el de un barco belga no se rige por zonas de navegacion españolas, algo bastante logico por otra parte, y eso es un hecho, no una opinion, pongo un ejemplo sencillito de un seguro a terceros con remolque y tripulantes que cuesta 70 € al año, concretamente el mio;

Navegacion en aguas interiores de la UE, Suiza y Andorra, mar mediterraneo y fuera de este hasta 200 millas del litoral español o portugues, del frances hasta la altura de Calais, asi como las travesias entre la peninsula iberica y las islas Canarias.

Puedes ampliar estas zonas sin ningun problema mediante el correspondiente aumento de precio, off course.

Esto tambien es un dato, no una opinion.

Y lo de: claro que si campeon, quizas estaba de mas.

Creo que esta todo bastante clarito, pero seguro que no es suficiente. Se trata de dar informacion, no de demostrar quien la tiene mas larga, al menos en mi caso no me interesa lo mas minimo.

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Editado por markuay en 21-01-2017 a las 17:50.
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4 Cofrades agradecieron a markuay este mensaje:
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No tengo más remedio que terciar antes de que vuelen las sillas...

Hace algún tiempo, un cofrade subió a La Taberna un documento muy bien explicado sobre los cometidos del Servicio Marítimo de la Guardia Civil, escrito por el Jefe de Comandancia, no sé si de Almería o de Málaga, es decir, alguien con autoridad más que sobrada para hablar del tema.

Ahora mismo no lo encuentro, pero el autor desmenuzaba las definiciones de cada una de las zonas e indicaba claramente cuáles eran las atribuciones de la Guardia Civil. Lo que el cofrade markuay dice es absolutamente cierto, y, efectivamente, se ha hablado mucho del asunto en La Taberna.

Saludos y
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Qué tendrá que ver la guardia civil y sus atribuciones aquí?

Voy a analizar objetivamente la pregunta que ha realizado el cofrade y ver que consecuencias podría tener si cumple con lo recomendado en esta taberna

El cofrade jorgenorge pregunta:

Cita:
Pero entonces a ver que me quede claro,con el per habilitado a vela y con bandera belga y en zona 4 lista 7ª hasta las baleares desde Denia o desde motril a melilla.
El cofrade ponent muy acertadamente le responde

Cita:
La respuesta la tienes en la residencia. PER habilitado a vela o no, si eres español residente en España son 12 millas y punto.
En este supuesto la bandera belga no te va a ayudar
El cofrade Markuay a su vez dice la suya

Cita:

pero siempre puedes decir que has pasado por el estrecho porque una vez salgas de las 12 millas ya estas en aguas libres.
Veamos con la legislación vigente (no con conversaciones de barra de taberna) que preceptos legales infringe y a las sanciones que se podría enfrentar si sigue dichos "consejos"

Cita:
Real Decreto 875/2014
"Disposición adicional quinta. Exigencia de titulación para el gobierno de embarcaciones de recreo abanderadas en otros Estados.

1. Toda persona que gobierne una embarcación de recreo, abanderada en otros Estados, que navegue por aguas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción deberá estar en posesión de una titulación que le habilite para realizar dicha navegación.
Y ahora veamos el procedimiento sancionador con las infracciones cometidas y sus sanciones

Cita:
RDL 2/2011 Ley de Puertos y de MM
Artículo 307. Infracciones graves.
2. Infracciones contra la seguridad y protección marítimas:

h) Traspasar los capitanes, patrones u otro personal marítimo los límites de atribuciones que correspondan a la titulación profesional o de recreo que posean, o contratar o permitir ejercer las funciones de capitán, patrón u oficial encargado de la guardia durante la navegación, a quienes no se encuentren en posesión de titulación suficiente que legalmente les habilite para ello, así como ejercer sin la referida titulación tales funciones.
Las multas puedes ir sobre los 2000-3000 € eso sin tener en cuenta el agravante por tratar de mentir a la autoridad como digas que has ido por Algeciras y se demuestre que no


Como veis mis respuesta la baso en legislación no en una circular que se envió al servicio de la guardia civil o un comentario en un hilo de la taberna.

La GC no es la única que te puede pedir los papeles, si tienes un problema y pides auxilio a SM y se demuestra que no llevas titulación adecuada para la zona te crujen (y además el seguro no se hará cargo), si te pilla aduanas te crujen, una patrullera de la armada, etc
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