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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola buenas tardes y antes de nada birras fresquitas para todos.
He comprado un motor auxiliar de 4cv 2t y quisiera saber si hay que registrar con los papeles del barco o no hace falta el motor tiene papeles gracias y saludos. |
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Klusplay (21-11-2017) | ||
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#2
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¿Nuevo o de segunda mano?
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#3
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La preguta correcta es ¿intraborda o fueraborda?
4CV 2T suena a fueraborda, y ya hace tiempo que no hay que acoplarlo documentalmente al barco. ![]() |
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#4
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Gracias a todos por las respuesta es fueraborda un saludo y buena mar
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#5
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Que es fueraborda es evidente, decía lo de segunda mano, porque si lo quieres llevar de forma legal, y aunque no es necesario hacer el acople sí que es necesario otra formalidad
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#6
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Si no me equivoco para fueraborda, tanto nuevo como de segunda mano, con la factura basta.
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#7
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Buenos días es un motor de segunda mano con documentación gracias y birras para todos un saludo
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#8
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Cita:
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#9
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Cita:
Cita:
![]() Así de paso también aprendo yo y salgo de mi total equivocación. ![]() EDITO: Para un fueraborda nuevo sí que hacen falta más papeles, creo que un certificado de importación y no sé si algo más. Me ratifico en que para un segunda mano, factura o contrato CV bastan. Editado por biker62 en 22-11-2017 a las 10:44. Razón: LEER RÁPIDO Y MAL |
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#10
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Lo que me extraña es que no haya límites porque por ejemplo, ¿si pongo un fb auxiliar de mayor potencia que el intraborda principal?
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Stemma Proderi In Primis Bermei |
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#11
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He preguntado en el muelle donde lo tengo atracado me dicen que no hace falta solo la factura de compra y su documentación y he preguntado a varios que tienen barco con auxiliar saludos
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#12
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Efectivamente solo contrato de compraventa o factura además de los papeles del motor.
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#13
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La pregunta importante es que si es nuevo o segunda mano. ¿Por qué? Pues que para llevar totalmente legal un motor de segunda mano, además de lo que apuntáis, ES NECESARIO E IMPRESCINDIBLE, pagar el impuesto de transmisiones, cuyo importe es el 4% del valor declarado en el contrato de compraventa.
Si no pagáis este impuesto, estáis fuera de la ley y os pueden multar. Luego si nos paran, volveremos a despotricar de la Guardia Civil o algún otro. ![]()
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Mi blog: https://pescaenelmariate.blogspot.com/ Editado por Mariate en 01-12-2017 a las 12:54. |
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#14
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![]() ![]() Mariate, seguro que el impuesto es de sucesiones ?? Será de trasmisiones o algo parecido. Saludos.
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Los políticos y los pañales se han de cambiar a menudo... y por los mismos motivos. (George Bernard Shaw) |
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Mariate (01-12-2017) | ||
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#15
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Cita:
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Mi blog: https://pescaenelmariate.blogspot.com/ Editado por Mariate en 02-12-2017 a las 01:02. |
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#16
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El de suceciones, si hubiera heredado el motor...
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#17
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Estoy con Mariate,y para poder pagar el impuesto de transmisiones ,además de rellenar un impreso que te dan allí,te piden el contrato de compra venta,fotocopias dni vendedor y comprador ,y factura de compra,si no tienes esta documentación,no te dejan pagar el impuesto,al menos aquí en Cartagena.
Como ya han dicho varios,”no” es necesario después pasar por Capitania para solicitar el acople. Saludos |
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Mariate (05-12-2017) | ||
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#18
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De nada.
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#19
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Yo hace dos semanas pase por capitanía y yo en el do mil nueve compre un auxiliar de 5 cv y solo tenia el papel de compraventa y me dijo el de capitanía que tenia que pasar por hacienda y pase y page un cuatro por ciento y ya lo tengo legalizado y fui de nuevo a capitanía y me dijo que tenia que llevar el papel de haciendas y el contrato de compraventa los dos pápele tienen que tener el mismo nombre y ya bale todo
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#20
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