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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenas tardes cofrades,
Quiero montar una empresa náutica. Ya me dedico al sector inmobiliario y veo un nicho de mercado en los barcos para nevegarlos, pero también para vivirlos. Es decir, quiero aproximar a la náutica también a esos que nunca han pisado un barco, pero que les gustaría tener la experiencia de habitarlos y luego navegarlos. Para ello pregunto/propongo: 1) Proponer el barco como casa- flotante- vacacional. Con servicios extras como navegar(day charter o crucero). No todo el mundo tiene el mismo interés en adentrarse en el mar, de hecho, conozco mucha gente que le da miedo el mar, pero que le gustaría vivir la experiencia de habitar unos días en un barco, como primera aproximación al mar. (Luego ya se verá: igual son clientes de futuro). Como argumento en favor de esta idea, pienso que no todas las personas están preparadas física y psiquicamente para llegar a un velero, dejar las maletas y salir zumbando a las olas y al viento. A esos que prefieren ir poco a poco, también dirijo mi objetivo empresarial. Es lógico que a esos que ya navegan y no tienen problemas, también dirijo mi propósito. La idea es que cada persona/familia tome la experiencia que quiera. Y el que sólo quiera disfrutar de la bañera como si fuera una terraza en primera línea de mar, tomando por las noches el movimiento del barco como una mecedora, pues que lo haga. Al fin y al cabo, las vacaciones son de uno y cada cual tiene derecho a vivirlas como quiera, de una forma diferente. Por un lado puede apetecer olas, viento y batidora y por otro pijería, copa de cava y tintineo de cabos contra el mástil mirando hacia ningún lado. El caso es que estoy mirando el tema legal y no he encontrado mucha cosa respecto al tema barco como casa flotante. Toda la normativa se dirige hacia la lista sexta y el alquiler de embarcaciones con o sin patrón. Perfecto, ya lo tengo todo en marcha, además la normativa aquí en Catalunya es bien estricta. Mi pregunta es si alguien sabe si podría tener algún problema por tener un barco en puerto como si fuera un apartamento (en este caso) y que se convierte en velero cuando navega. No se si desde capitanía podrían poner algún pero... En otros países es muy común, pero aquí veo que todavía no hay una normativa específica. 2) En principio, la idea es comprar un velero (que es mi pasión), aunque tras pensar mucho en ello, quizás una motora sería más polivalente por la amplitud de espacio de bañera. Me refiero para empezar el negocio, luego ya iría viendo qué es lo que más demandan los clientes e incluso tener un velero y una motora para situar a cada uno en su lugar. 3) También me gustaría contactar con particulares y gestionar su barco, para rentabilizar todos los gastos de mantenimiento. En este caso, ¿Sería mi empresa la que pasara el barco de la 7ª a la 6ª mediante un contrato de gestión de alquiler? Me gustaría saber, si hay algún cofrade que haya tenido esta experiencia, cómo lo ha hecho. Disculpad si alguien se siente herido con el término casa-barco, no me paséis por la quilla plisss......., sin embargo creo que muchas personas que no están familiarizadas con el tema náutico, podrían acceder a él. Las vacaciones son para vivirlas, cada cual a su manera. Gracias y que circule el grifo de cerveza sin parar ![]() ![]() |
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#2
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Cita:
Buenas, yo te podría decir que hay mucha gente que vive en el puerto con su barco a modo de camping (ya que hay los baños, las duchas, etc...) "gratis" si eres socio del club náutico, así que no creo que haya problemas. Aún así, para estar seguros, te diría que busques a gente (por internet, por ejemplo) que viva en un puerto (En el port olímpic, en el port Balís, etc..), y que le preguntases tu personalmente a esa gente. Podrías quedar con ellos y "entrevistarlos". También hay muchos "youtubers" que muestran la experiencia de vivir en barcos. A malas te podrías reunir con alguien encargado de puertos de la Generalitat (o algo asi ).Por último decir que igual el mejor tipo de barco en el cual vivir (Estable, con vela y motor, con buena "bañera") es un Catamaran. Espero haber ayudado un poco ![]() ![]() ![]() |
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#3
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No existe una normativa específica para el uso habitacional de embarcaciones de recreo, asi que debes regirte por la general. Si vas a hacer un uso lucrativo de la embarcación deberá estar en lista 6ª, o en caso de tener bandera extranjera, que esté en un registro comercial.
A efectos administrativos y legales serás una empresa de charter más. La única diferencia es que en principio te diriges a un nicho de mercado muy específico, gente que probablemente nunca se ha subido a una embarcación y que quiere probar la sensación aunque sea sin salir de puerto. Como no tendrán titulación, deberás poder ofrecer patrones profesionales si deciden soltar amarras. Como ventaja inicial pienso que ese potencial cliente no será tan exigente respecto a la antiguedad de la embarcación (mientras esté bien conservada), respecto al cliente más habitual de charter que prefiere emnarcaciones "que huelan a nuevo". Ello te permitiría reducir la inversión inicial. El ofrecerles otro tipo de servicios (bicicletas, paddel surf, et...) también puede ser un atractivo. Saludos |
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#4
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Buenas, ¿se puede hacer uso habitacional de embarcaciones de recreo con pabellón digamos belga u holandés?
¿Se pueden chartear las mismas con pabellón no español, por empresa española? Comenta el cofrade Nelson que: "No existe una normativa específica para el uso habitacional de embarcaciones de recreo, asi que debes regirte por la general. Si vas a hacer un uso lucrativo de la embarcación deberá estar en lista 6ª, o en caso de tener bandera extranjera, que esté en un registro comercial. " ¿Qué tipo de registro comercial, o a qué registro comercial concretamente, te refieres en caso de bandera extranjera? |
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#5
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Hola cofrades,
Gracias por las aportaciones. Tal y como comenta Nelson, no hay normativa específica, sino general. La empresa ha de ser de alquiler de embarcaciones. He mirado lo que necesito y en principio todo va en marcha. Además de la empresa náutica necesito una declaración responsable de inicio de actividad, porque estoy en Tarragona. Barcos con lista sexta, por supuesto, pago de impuestos, seguros acorde al negocio, todo correcto...ya tengo unos años en que las cosas han de hacerse bien. Además, para ofrecer salidas con patrón para esos que quieran aventurarse un poco más, ya he empezado a sacarme los certificados para optar al PPER. Me gusta lo de las bicis, además, y como complemento, lo de las excursiones por mar y/o por tierra. Lo que aún no tengo demasiado claro es si motora o velero, para empezar, y con un presupuesto muy modesto. Unas rondas por5 la ayuda. Gracias ![]() ![]() ![]() |
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#6
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Todo usuario del puerto paga para uso personal y tu le vas a dar un uso mercantil. Creo que los puertos, clubes etc... deberían cobrar un plus a las personas que viven en un puerto continuamente o sacan usufructo de sus barcos, sino es así considero que estas personas se aprovechan de la coyuntura y a la larga nos perjudicará a todos... nos cobraran como en los camping. Barco, número de personas, electricidad, ducha de agua caliente, coche, mascotas etc..
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MMSI 224433230 Por la bahía... yo quiero ser marinero por la bahía bajo el azul de los cielos en el mar de Andalucía ,
Editado por danilo en 07-06-2018 a las 23:16. |
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#7
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Cita:
cobre en función de su actividad. Ya existen puertos, en que te cobran por un lado, la conexión al agua y la luz, y por otro, el consumo con su contador correspondiente. Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#8
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MMSI 224433230 Por la bahía... yo quiero ser marinero por la bahía bajo el azul de los cielos en el mar de Andalucía ,
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#9
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Cita:
para la entrada al pantalán. A más "clientes", más tarjetas y más pago adicional. Los puertos ya tienen todo eso estudiado, pues las bases de charter no están en puertos propios. Te lo digo por experiencia. De todas formas, ahí no se puede intentar afinar a tope, pues en los barcos de lista 7ª, dentro de una misma eslora, los hay que apenas usan el puerto (han pasado años sin ver a los dueños subir al barco) y unos pocos que te los encuentras en las duchas a diario y sin embargo, les cobran lo mismo a unos que a otros. Se ve que el desgaste de azulejos es tan insignificante, dentro de los macro números de un puerto, que no merece la pena malgastar recursos para contabilizarlos. ![]() Un abrazo Dani. Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#10
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Gracias por vuestras aportaciones,
A mi me parece bien lo de tarifar agua y luz aparte. Es lógico que a más consumo, más se pague. Además, en el mismo contrato de alquiler, pondría unas cláusulas de lo que se puede y lo que no se puede hacer. Prefiero segmentar al cliente y posicionarme en un mercado de clientela respetuosa con el medio en donde se halla y con la vecindad. Además, el principal objetivo es acercar el mar a esos y esas que aún no conocen el mar. Complementaría la oferta con experiencias que fueran de interés; aprender a navegar, a hacer nudos, a cocinar en un barco, conocer protocolos de seguridad, maniobras, visitas a la población...Todo en un ambiente muy relajado y sin el estres de tener que examinarse...por puro placer. Habitar un barco no es como habitar un apartamento. Un barco es una experiencia a vivir. Estoy seguro que muchas personas quieren probar. No es mi intención meter a un grupo de descerebrados, que la líen parda y enemistarme con todos los vecinos del puerto,no. La buena conducta es obligatoria. Por otro lado, me gustaría contactar con personas que tengan o hayan tenido empresas charter para comentar experiencias y aprender. Creo que en Mallorca se celebra algo en Noviembre... Una ronda de zumo de cevada ![]() ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a navestar | ||
danilo (08-06-2018) | ||
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#11
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![]() ![]() la idea ya está puesta en práctica en los puertos de Barcelona y alrededores. Sin embargo, el alquiler de una embarcación debe cumplir con el requisito de que al menos uno de los tripulantes posea un título recreativo: https://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG...Arrendamiento/ No he encontrado dónde se especifica si esta persona que actúa como responsable de la embarcación, en caso de que sea un patrón contratado, debe estar presente también por las noches. Supongo que si un grupo de personas alquila una embarcación con patrón para un fin de semana y vuelven cada noche al puerto base, el patrón se irá a dormir a su casa, dejando a estas personas 'no responsables' a bordo. Todo esto viene a cuento por lo siguiente: ¿qué ocurre si ese grupo de personas tiene un problema cuando no hay nadie responsable a bordo y no sabe qué hacer? Está claro que si uno alquila un barco con familia/amigos y necesita ir al súper cuando está en un puerto, en ese momento los que quedan en el barco pueden tener también un problema. Pero este sería un caso diferente al de alquilar una embarcación únicamente como lugar para pasar la noche. ![]() ![]() |
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#12
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Gracias,
Está bastante claro que una embarcación de recreo puede ser también una casa flotante y no un artefacto. la embarcación de recreo se diseñó para navegar y también, en algunos casos y con sus características propias, para habitar. Así las cosas, el 1er) paso es constituir la empresa naviera con toda la documentación, protocolo y normativas a cumplir, 2o) comprar la embarcación (si es lista 7 pasar a 6), 3a)Seguros a todo riesgo y RC., 4º) promoción y explotación. La base la tengo, voy a preparar el plan de empresa completo para dejar fuera las menos cosas posibles. Total, para este año ya no puedo explotar el negocio, porque la matriculación en una lista diferente son 2 meses. Así que tengo tiempo por delante. Por otro lado, estoy viendo que ahora los precios son más caros, quizás en septiembre pueda obtener mejor precio. Quiero incluir en el negocio a otros armadores que deseen rentabilizar su barco, tengo bastante experiencia en la gestión de propiedades inmobiliarias y pienso que las embarcaciones pueden ser tratadas con el mismo cariño, en este aspecto. Estoy preparando un informe muy interesante para todos; armadores y gestión de alquiler. En cuanto al tema de si las alquilo con patrón o sin patrón, de momento y para iniciar el negocio, alquilaré las embarcaciones con patrón. Para ello estoy con el PPER. Ante un incidente, siempre seré el máximo responsable de abordo. Si ocurre un incidente estando ausente, los pasajeros deberán utilizar el protocolo de asistenciaq y/o emergencia que yo mismo establezca, considerando en él todos los aspectos fundamentales en cuanto a prevención y seguridad. Esto incluirá protocolos de actuación en posibles accidentes, teléfonos de urgencia, capitanía, compañía aseguradora, uso de botiquín, etc. No se puede trasladar la responsabilidad a un pasajero. Ellos están para disfrutar y nuestra empresa para ocuparnos que todo vaya bien y saber qué hacer cuando hay algo que va mal. Lógicamente para salir a navegar siempre iré yo como patrón o un patrón que designe, si llega el caso. Lo que aún no acabo de tener claro es si empezar con una motora o velero. personalmente no tengo experiencia con motoras, ya que siempre he pensado en veleros. A razón de un comentario del cofrade Enricación, abrí un poco los ojos para ver que quizás sea más cómodo una embarcación de motor, para mi propósito inicial. No sé, en eso estoy. Viendo precios, modelos y capacidad de habitar con comodidad. Gracias a todos ![]() ![]() |
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#13
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Por si os ayuda de algo... aquí explico por qué no se puede a menos que el barco esté debidamente matriculado en lista comercial y habilitado para la actividad de chárter:
http://www.gacetanautica.es/firmas.p...id=831#destino ![]() ![]() salud! |
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