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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#251
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Cita:
Pues que se anden con mucho ojo porque somos miles de amarristas de EKP y las elecciones están a la vuelta del muelle
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Stemma Proderi In Primis Bermei |
| 3 Cofrades agradecieron a TXELFI este mensaje: | ||
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#252
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Es que entre la pena de prision, el tercer grado éste del gobierno y el secuestro de EKP....riéte tú de los piratas Somalies.... es para que se lo hagan mirar, Txelfi
![]() ![]() Editado por Jack Sparrow en 03-05-2020 a las 01:32. |
| 4 Cofrades agradecieron a Jack Sparrow este mensaje: | ||
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#253
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Unas pregunta tontas:
viendo la no compartibilidad de las horas de apertura de pantalanes con las franjas horarias de los paseos, entiendo que se puede bajar a cualquier hora en esa franja, no? con llevar la txartela de amarrista. Se puede bajar en coche si eres del mismo municipio? He visto el comunicado cde EKP. ALguien que tenga en getxo Kaia sabe si los horarios y demás son iguales? llamaré a la mañana sino, a ver si a la tarde puede por fin oir el motor y continuar con los últimos retoques, aunque sea a hora diaria (me pillo cambiando en aislante del motor el puñetero COVID) Un abrazo, |
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#254
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Asumiendo que cada cual arrima el ascua a su sardina y que a cada uno le aprieta su zapato, quisiera hacer una respetuosa reflexión sobre el hecho de la diferenciación del trato que la “desescalada” está proponiendo a los ciudadanos que vivimos, o no, en el municipio donde se ubica el puerto del barco de nuestros amores.
Y ello en un contexto en el que la pretensión de todos es subirnos a un dispositivo (llamémosle de la forma más desapasionada posible) que por su propia naturaleza obliga al mantenimiento de la distancia física con nuestros conciudadanos, algo sin duda deseable en estos tiempos. Algunos datos, por ejemplo sobre Bizkaia, mi provincia, territorio histórico, o como nos dé la gana llamarla. Habitantes: 1.137.000 Municipios: 112 Municipios con puerto deportivo: 10 Puertos deportivos: 11 (desde Santurtzi hasta Motriku) Amarres: 3.554 Habitantes en municipios con puerto deportivo: 169.000 Quiero con ello resaltar que los habitantes de un municipio vizcaíno con puerto deportivo, tienen siete veces más derecho de acercarse o subirse a su barco de lo que sería la media de todos sus comprovincianos. Habida cuenta claro, que el 85% de todos los vizcaínos no tenemos ningún derecho al respecto hasta no sé cuándo. Dentro de las incongruencias, por supuesto que lógicas en este tsunami de improvisaciones normativas, quisiera añadir una más al respecto. Yo mismo, vecino de Bilbao, mañana lunes 4 de Mayo, podría ir a Getxo a comprar un repuesto a una tienda del puerto, pero sería multado si me ocurriese subir a mi barco para intentar arrancar el motor. En fin, no estoy ni enfadado no indignado ni nada. Doy gracias al Cielo porque los míos están bien de salud y además celebro que tengo esperándome a la ilusión de mi vida. Pero animo a quienes tienen la responsabilidad de fijar las normas, que rectifiquen si consideran que deben rectificar, sin contar las veces que ya lo hayan hecho antes. Un fuerte abrazo a todos
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“La niebla se levanta y entonces sueltas amarras. Haces sonar la sirena y saludas al hijo del farero de la Isla Thacher. Luego aparecen las aves. Las gaviotas de espalda negra, las gaviotas argénteas, los pelícanos. Sale el sol y navegas rumbo al norte. Navegas a toda maquina. Los chicos faenan y tú estás al mando. Eres patrón de un maldito barco de pesca. ¿Hay algo mejor en el mundo?» |
| 3 Cofrades agradecieron a MONTY este mensaje: | ||
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#255
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Cita:
PUNA LUCERO.jpg No es por echar mas leña al fuego, pero esta mañana he subido paseando hasta el molino de Archanda y desde allí he podido ver varias embarcaciones a vela navegando por el Abra. : :![]() |
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#256
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Los que están federados pueden navegar.
Menudo follón con la normativa. Si eres cojo del pie derecho también, los del izquierdo hasta la confluencia de Júpiter con Saturno, nada de nada.(Creo que en el 3.025) ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a relojero | ||
labascal (03-05-2020) | ||
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#257
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Animo señores que ya lo tenemos cerca, si,si, o.....¡¡¡no¡¡¡ todo depende de como se levante cada mañana el que dicta las normas, menudo cachondeo, ni los guardias se aclaran, le pregunte a uno y se hecho a reír, no se tendré que llamar, porque como esto cambia cada pocas horas, lo que ayer se denunciaba, hoy se permite, pero mañana a lo mejor no, al final me dijo, no tenemos ni idea, por eso de momento no sacamos el bolígrafo del bolsillo, es un descojono y se marcho riéndose.....
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#258
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Parece que los que estáis en el mismo municipio también podéis salir a pescar.
Que suerte.... ![]() https://fcpec.cat/permitida-la-pesca...ion-en-fase-0/ |
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#259
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Todo depende de lo que interprete quin tenga que hacerlo.
Esto es lo que ha enviado el club este mediodía. Ya veremos cómo va avanzando todo. Un saludo COMUNICADO SOCIOS RCNP NORMATIVA ‘FASE 0’ PLAN DE DESESCALADA Apreciados/as Socios/as, A partir del lunes día 4 de mayo, se inicia la Fase 0 de la desescalada: VISITA A EMBARCACIONES: Todo indica que, en breve, PORT IB y APB, levantará el cierre de los puertos deportivos. Una vez esté publicada la instrucción que lo contemple, de la que les informaremos inmediatamente, estarán autorizadas dichas visitas bajo las siguientes condiciones: Van a estar permitidas las visitas por parte de los propietarios a sus embarcaciones para las comprobaciones de seguridad y mantenimiento siempre que la embarcación se encuentre en el mismo término municipal en el que reside el propietario. Solo podrá acceder una persona a la embarcación para realizar estas actividades y se respetarán en todo momento los procedimientos y protocolos establecidos por el RCNP. El acceso al RCNP para visitas a embarcaciones, deberá realizarse de forma individual, dentro de la franja horaria permitida: - Adultos: de 6:00 a 10:00 y de 20:00 a 23:00 horas - Mayores de 70 años: de 10:00 a 12:00 y de 19:00 a 20:00 horas ACCESO PUERTO - PASEOS: Se podrán realizar paseos por el puerto, sin acceso a embarcaciones ni pantalanes, en las franjas horarias permitidas y siempre que el domicilio esté como máximo a 1 km. del RCNP: o Mayores 14 años con 1 acompañante: de 6:00 a 10:00 y de 20:00 a 23:00 horas (Conviviente): o Mayores de 70 años con 1 acompañante: de 10:00 a 12:00 y de 19:00 a 20:00 horas (Conviviente): o Niños menores de 14 años: de 12:00 a 19:00 horas (Con un adulto, máximo 3 menores y máximo 1 hora): No se podrá acceder con vehículo, y no se podrá acceder a las zonas que no sean de acceso general, asimismo las oficinas y edificios permanecerán cerradas al público. No está permitido el uso de los vestuarios ni las instalaciones deportivas del RCNP. NAVEGACIÓN: En esta Fase 0, NO ESTÁ PERMITIDA LA NAVEGACIÓN y LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS SIGUEN CERRADAS. Les recordamos que para acceder al puerto, deberán cumplir en todo momento con la normativa vigente en cuanto a los desplazamientos y franjas horarias, y cumplir con las correspondientes medidas de seguridad, higiene, protección y distancia social. El uso de las mascarillas fuera del hogar es conveniente y altamente recomendable cuando no pueda garantizarse el distanciamiento social. En todo caso el RCNP se reserva el derecho a limitar el acceso de los socios para asegurar el cumplimiento de las medidas sanitarias de seguridad. Por todo ello apelamos al buen hacer y sentido común de nuestros Socios para que esta nueva fase pueda desarrollarse de forma segura y controlada, y con las medidas de prudencia y protección máxima, tanto para nuestros socios, como para todo el personal que trabaja en el RCNP para seguir asegurando el mantenimiento de nuestras instalaciones y la vigilancia y seguridad de sus embarcaciones. Agradecemos su colaboración y comprensión. RCNP Documentación: 1.- BOE Nº 121 viernes 01.05.2020 / 4767 Ministerio de Sanidad 2.- Comunicación de la Dirección General de la Marina Mercante del 30 de abril de 2020 (DGMM) 3.- Aclaración de la Consellería de Afers Social i Esports del 29 de abril de 2020 (CAIB) 4.- Comunicación de la Dirección General de la Marina Mercante del 1 de mayo de 2020 (DGMM) |
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#260
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A día de hoy :
Puerto comercial, no deportivo. Atracados en un muelle de 32 norays de 25mts cada uno, vacío(solo mi barco), sin operativa alguna(nada de nada, las gaviotas y nosotros). El jefe de Máquinas salió a caminar por el muelle a las 16:00 y a las 16:15 de vuelta a bordo. Un policía portuario le dijo que no se podía pasear por el muelle, no le dió explicación alguna. ![]() ![]() ![]() Mañana lunes intentaré enterarme llamando a la autoridad portuaria a ver como es el tema. Hasta ayer, ninguno de nosotros a roto el confinamiento, pero desde ayer ya se podía salir a caminar. No entiendo nada, nada, nada,... |
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#261
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Para estar más seguros es esperar una semana más y listo .
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#262
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Cita:
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#263
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Bueno, yo ya no entiendo nada de esta situación, hoy me llegó esta resolución de autorización de pesca marítima para Galicia y os lo dejo aquí por si le interesa a alguien. Solo pude copiar el texto y ponerlo aquí, me fue imposible subir el documento original, si alguien lo quiere se lo mando al correo...
![]() úa do Valiño, 63-65 15781 Santiago de Compostela Tfno.: 981 546 347 Fax: 981 546 288 sxmarmrm@xunta.gal Resolución de 4 de maio de 2020, da Dirección Xeral de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnolóxica pola que se deixa sen efecto a Resolución de 20 de marzo de 2020 pola que se suspende o desenvolvemento da pesca marítima de recreo regulada polo Decreto 211/1999 e a Orde de 17 de setembro de 2009. A Organización Mundial da Saúde elevou o pasado 11 de marzo de 2020 a situación de emerxencia de saúde pública ocasionada polo COVID-19 a pandemia internacional. A evolución dos feitos, a escala nacional e internacional, requiriu da adopción de medidas inmediatas e eficaces para facer fronte a esta conxuntura. As circunstancias extraordinarias concorrentes trouxeron consigo que, por medio de Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declarase o estado de alarma para a xestión da crise sanitaria orixinada polo COVID-19, ao amparo da Lei Orgánica 4/1981, do 1 de xuño, dos estados de alarma, excepción e sitio. No mesmo senso a Comunidade Autónoma de Galicia declarou a situación de emerxencia sanitaria mediante o Acordo do Consello da Xunta de Galicia, do 13 de marzo de 2020, polo que se declara a situación de emerxencia sanitaria no territorio da Comunidade Autónoma de Galicia e se activa o Plan territorial de emerxencias de Galicia (Platerga) no seu nivel IG (emerxencia de interese galego), como consecuencia da evolución da epidemia do coronavirus COVID-19 publicado no Diario Oficial de Galicia núm. 50-Bis. Venres 13 de marzo de 2020 mediante a RESOLUCIÓN do 13 de marzo de 2020, da Secretaría Xeral Técnica da Consellería de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza. Pola súa banda, o artigo 7 do Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, polo que declara o estado de alarma para a xestión da situación de crise sanitaria ocasionada polo COVID- 19 limítase a liberdade de circulación das persoas e se enumeran de xeito restritivo as únicas causas que poden xustificar a saída do propio domicilio, entre as cales non figura o desenvolvemento de actividades recreativas. Como consecuencia disto, a Dirección Xeral de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnolóxica resolveu o pasado 20 de marzo a suspensión da actividade de pesca marítima de recreo en calquera das súas modalidades durante a vixencia da situación de emerxencia sanitaria na Comunidade Autónoma de Galicia. CVE: 2a0hiaInT0 Verificación: https://sede.xunta.gal/cveRúa do Valiño, 63-65 15781 Santiago de Compostela Tfno.: 981 546 347 Fax: 981 546 288 sxmarmrm@xunta.gal A evolución positiva da pandemia foi permitindo a eliminación progresiva das limitacións de movemento e entre outras, pola Orde SND/380/2020, de 30 de abril, sobre as condicións nas que se pode realizar a actividade física non profesional ao aire libre durante a situación de crise sanitaria ocasionada polo COVID-19, que no seu artigo 2.2. sinala “aos efectos do previsto nesta orde, queda permitida a práctica non profesional de calquera deporte individual que non requira contacto con terceiros, así como os paseos. Do mesmo xeito o artigo 9.1 da Orde SND/388/2020, de 3 de maio, pola que se establecen as condicións para a apertura ao público de determinados comercios e servicios, e a apertura de arquivos, así como para a práctica do deporte profesional e federado, autoriza precisamente a práctica de deporte federado non profesional. A pesca marítima recreativa en calquera das súas modalidades é un deporte individual que non require contacto con terceiros polo que se considera que pode ser desenvolvido ao amparo do disposto na Orde SND/380/2020, de 30 de abril, e na Orde SND/388/2020. Polo exposto, RESOLVO levantar a suspensión da actividade de pesca marítima de recreo en calquera das súas modalidades, sempre e cando se faga de xeito individual, respectando as disposición previstas na Orde SND/380/2020, de 30 de abril sobre as condicións nas que se pode realizar actividade física non profesional ao aire libre durante a situación de crisis ocasionada polo COVID-19, ou, no seu caso na Orde SND/388/2020, de 3 de maio, pola que se establecen as condicións para a apertura ao público de determinados comercios e servicios, e a apertura de arquivos, así como para a práctica do deporte profesional e federado. Santiago de Compostela, a 4 de maio de 2020 Mercedes Rodríguez Moreda Directora Xeral de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnolóxica CVE: 2a0hiaInT0 Verificación: https://sede.xunta.gal/cve |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a abvsub | ||
Ouessant (05-05-2020) | ||
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Lo de la pesca maritima esta muy bien, hoy en Galicia ya se puede pescar en el mar, desde orilla, otra cosa es poder navegar para pesca maritima desde embarcacion. Yo no entiendo nada.
No brindo por nada ![]() ![]() |
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#265
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Hoy en Galicia tambien se ha reanudado la pesca fluvial, de hecho han capturado dos salmones en el coto de Ximonde del rio ulla, pero con todas las restricciones del estado de alarma, el horario de practica de deporte, sin salir del municipio, sin utilizar vehiculo a motor para ir al rio, etc.La Xunta ha interpretado lo de la pesca, tanto fluvial como maritima, pero lo de la navegacion ya no depende de ella, o eso creo.
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#266
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#267
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Lo que más me fastidia es qué el próximo día 11 de Mayo...se puede ir a pescar dentro de la provincia....y casualmente un amigo de A Coruña me ha invitado a pescar en su barco ,que también está en A Coruña,....... pero no puedo ir con el porque para poder hacerlo....yo también tenía que estar residiendo en ese ayuntamiento......
Es decir....si no tienes tu barco o el de un amigo en tu ayuntamiento... estás fastidiado. Sin embargo los que pescan desde tierra, tienen desde el 11 de Mayo posibilidad de pescar en toda su provincia ( cosa de la cual me alegro) Enviado desde mi Mi A3 mediante Tapatalk
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javino (05-05-2020) | ||
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#269
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Entre tanto, la vida sigue su curso. Estos días atrás en Marina del Cantábrico (Santander) una embarcación se ido a pique en su amarre.
Ignoro la causa pero nos lo podemos imaginar. Ahora qué? Todos mirando para otro lado. |
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#270
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En mi puerto se ha roto el pantalan y ahora no hay agua ni corriente....y yo tengo un cargador de baterías inutilizado y tampoco puedo ir a encender el motor...
![]() Enviado desde mi Mi A3 mediante Tapatalk
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#271
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Cita:
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#272
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Creo que en Asturias nos dejan salir el lunes día 11, pero por lo visto no podemos pescar, osea que podemos salir a dar una vuelta con el barco, pero no echar una caña, cada día entiendo menos esto historia del "cuernaviros" este
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#273
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Pues si aceptan la solicitud, el lunes 11 entraremos en la fase I en país Vasco.
Y si todo va bien seguiremos avanzando para llegar a la fase II el día 25. Esperemos no retroceder y tardar más de lo debido. Editado por prialsa en 07-05-2020 a las 16:17. |
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#274
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y no te lo puede encender nadie del puerto deportivo?, o tienes tu las llaves
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Juan St780 | ||
javino (07-05-2020) | ||
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#275
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Cita:
En el BOE nº 68 de 15 de marzo, viene publicada la Orden INT/226/2020, de 15 de marzo, por la que se establecen criterios de actuación para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en relación con el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 En la página 4 vienen las medidas restrictivas a la libertad de circulación con una serie de excepciones enumeradas de la "a" a la "h", donde la "g" dice textualmente que : POR CAUSA DE FUERZA MAYOR O NECESIDAD y la "h" dice: CUALQUIER OTRA ACTIVIDAD DE ANALOGA NATURALEZA DEBIDAMENTE JUSTIFICADA. De conformidad con esta normativa, no deberías tener problemas justificando el motivo. De todas formas, no estaría de mas consultarlo con las autoridades exponiendo el motivo en base a esta orden concreta. La interpretación de la norma y el sentido común te avalan. Suerte y espero que no haya mas daños que los que mencionas. ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Andromeda | ||
javino (07-05-2020) | ||
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