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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#401
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Andalucía, pero tengo entendido que es una medida a nivel nacional.
Con trinquen a alguien no profesional encima del barco , multa al canto. Lo he corroborado con tres Puertos de diferente gestión. Eso si los tres Andaluces y en los tres tienen la misma orden. |
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#402
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¿Y de dónde se saca eso tu presidente si se puede saber?
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#403
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Cita:
No tienen información al respecto . Solo que han recibido una orden de GC prohibiendo acceso al puerto . Solo permitido acceso a profesionales. Esto es ya cosecha mía y lo que creo puede haber sucedido es que se ha realizado otra interpretación de la famosa respuesta aAnen de DGMM por ministerio de interior o sanidad o del mismo del antiguo fomento y de ahí orden a cuerpos policiales para impedir acceso , etc . El caso es que no se puede acceder y se han pasado la respuesta de la DGMM por ahí mismo, dejando con el culo al aire a su director general , el cual imagino que por pundonor , dimitirá si no lo han pulverizado antes que lo haga. ..... pero repito que esta última parrafada es cosa mía , sin más información y fuentes que la imaginación. Puedes llamar a tu club y que te cuenten . |
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#404
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Sería interesante pudierais verificar si esto es realidad en otras CCAA.
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#405
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Que pena que mi mensaje 5000 tenga que ser sobre esta cuestión.
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| 2 Cofrades agradecieron a scampolo este mensaje: | ||
Capitan Barbosa (08-05-2020), eilnet (07-05-2020) | ||
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#406
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En Asturias solo dejan trabajar en varaderos a embarcaciones profesionales, las embarcaciones particulares, aunque estén trabajando en ellas profesionales no lo permiten. Por lo menos en los que dependen de puertos del principado.
Saludos Auskalo
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Navego luego existo. |
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#407
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En Baleares sin cambios.
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#408
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En Canarias se esta aplicando a rajatabla lo que procede es decir, las marinas siguiendo las directrices de la DGMM estan dejando acceder hacer los minimos mantenimientos según lo previsto sólo a los propietarios residentes en el municipio donde esta ubicada en estricto cumplimiento de los protocolos de desconfinamiento, y esto es posible porque la Delegación del Gobierno ha emitido una nota aclaratoria regulando que se permite el desconfinamiento y desplazamiento a los residentes en el municipio donde este el club o marina a los barcos para realizar el mantenimiento mínimo siguiendo los criterios tecnicos de la DGMM.
Tal y como yo avancé que me parecía lo más racional, es decír, que las Delegaciones del Gobierno en algo tan específico como la naútica de recreo (que además es competencia exclusiva de la DGMM su ordenación y regulación), se pronuncie normativamente como asi ha sido en Canarias en consonancia con la DGMM ( de lo que me congratulo además, viendo los despropósitos en otras CCAAs que se comentan por aqui). La delegación del Gobierno en su Nota aclaratoria emitida despues de su reunión con el Centro de Coordinación de emergencias del Gobierno de Canarias, han dispuesto que los clubes y marinas deben implementar un sistema que en caso de mi club ha sido el de un modelo que se envía firmado al club con propuesta de dia y hora y el club regula el acceso siguiendo el criterio de 1 persona por cada pantalan a la misma hora y dia cumpliendo estrictamente los protocolos de seguridad del RD de estado de alerta: GOBIERNO DE ESPAÑA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS PLAZA DE LA FERIA Nº 24 35071 LAS PALMAS DE GRAN CANARIA TEL.: 928 999 000 FAX.: 928 363994 NOTA INFORMATIVA DE LA 15ª REUNIÓN DEL CENTRO DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS CELEBRADA EL 4 DE MAYO DE 2020 RELATIVA A CRITERIOS INTERPRETATIVOS DE LA LEGISLACIÓN DICTADA CON OCASIÓN DEL ESTADO DE ALARMA (RD463/2020, 15 MARZO) "...III.- CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA NAVEGACIÓN DEPORTIVA O DE RECREO: En la fase 0 no se podrá navegar por ocio, salvo que se haga deportivamente y de forma individual (deporte no profesional y federado), como una actividad física. Esto supondrá que se pueda navegar en determinadas embarcaciones de vela como práctica de deporte. Debe tenerse en cuenta que quien lleve a cabo esa actividad ha de residir en el mismo municipio donde se encuentre la embarcación y la navegación también está sujeta a limitaciones geográficas. Desde la fase 0 también serán posibles las visitas por parte de los propietarios a sus embarcaciones para las comprobaciones de seguridad y mantenimiento siempre que la embarcación se encuentre en el mismo término municipal en que reside el propietario. Solo podrá acceder una persona a la embarcación para realizar estas actividades y se respetarán en todo momento a los procedimientos y protocolos establecidos por los puertos deportivos. En todo caso, la navegación en determinadas embarcaciones de vela y el mantenimiento de éstas dependerá de que los puertos, las instalaciones deportivas, los clubs náuticos, etc. estén abiertos al público. En el caso concreto de la navegación, hay que tener en cuenta que en los puertos de la CCAA de Canarias el desembarco de personas de embarcaciones de recreo con finalidad recreativa o deportiva o en arrendamiento náutico está prohibida...." Igualmente se seguirá lo previsto por la DGMM para el comienzo de la navegación el dia 11 coincidiendo con el comienzo de la Fase I la posibilidad de navegar los residentes en el mismo municipio donde se halle la embarcación, sin poder cambiar de isla ni arribar a puerto o marina alguno es decir restringido a navegación costera con posible fondeo, pero sin arribar y desembarcar en otros puertos y restringido a los miembros de la familia que comparten confinamiento sin poder embarcar nadie mas... Intuímos que el buen criterio de la delegación del gobierno en canarias y el centro de coordinación de emergencias del Gobierno de Canarias, secundando normativamente lo dispuesto por la DGMM, continuará con nuevas notas según se avance en las fases de desconfinamiento en lo tocante a lo que atañe a la navegación de recreo con y sin animo de lucro. Recomiendo a todos los propietarios de embarcaciones de CCAAs donde las delegaciones del gobierno o los comites de coordinación de la alerta estén poniendo impedimentos a dichas visitas de mantenimiento, tengan en cuenta la posible presentación de Reclamaciones Administrativas por daños materiales de todo tipo en las embarcaciones debido al impedimento de las visitas mínimas de mantenimiento, (que evidentemente pueden llegar a fase contenciosa en su momento), por no dictar los actos administrativos necesarios (notas aclaratorias, circulares etc), para facilitar dichas visitas como se realiza en otras comunidades, y con la prueba técnica de la necesidad de dichos mantenimientos por parte de la DGMM que se puede presentar en las alegaciones claramente, auguro que podrían prosperar con bastante claridad dichas reclamaciones económicas. Espero que antes de que dichos daños provoquen demandas colectivas o individuales de propietarios de dichas embarcaciones afectadas, dichas delegaciones emitan las correspondientes notas aclaratorias siguiendo el buen criterio técnico de la DGMM que és el órgano administrativo mas capacitado para marcar dichas fases en lo tocante a la navegación de recreo, y las mismas deberían ser secundadas y apoyadas por todas las delegaciones del gobierno de toda España. Las responsabilidades por los posibles daños materiales aparejados por no facilitar dichas medidas de mantenimiento mínimo, recaerán en dichos órganos administrativos. ![]()
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... Editado por Fuerza 7 en 07-05-2020 a las 17:29. |
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#409
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Gracias Fuerza 7.
Respecto a esto: "Igualmente se seguirá lo previsto por la DGMM para el comienzo de la navegación el dia 11 coincidiendo con el comienzo de la Fase I la posibilidad de navegar los residentes en el mismo municipio donde se halle la embarcación, sin poder cambiar de isla ni arribar a puerto o marina alguno es decir restringido a navegación costera con posible fondeo, pero sin arribar y desembarcar en otros puertos y restringido a los miembros de la familia que comparten confinamiento sin poder embarcar nadie mas..." Se sabe si una vez fondeado o sin fondear... da igual....se puede bañar uno en el mar? Yo he leido que en Valencia se ha solicitado permiso de baño, pero no se si han dicho algo al respecto.
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#410
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Cita:
..."IV.- CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA NATACIÓN EN LA PLAYA Por “práctica no profesional de cualquier deporte individual” en relación a la natación no profesional en la playa se entiende: que nadar desplazándose en las playas sí está permitido, pero no el mero baño (chapuzón), ni tomar el sol. V.- LA MONTA DE CABALLOS FUERA DE LOS CIRCUITOS SÍ SE CONSIDERA ACTIVIDAD FÍSICA DEPORTIVA NO PROFESIONAL, POR LO QUE SÍ ESTÁ PERMITIDA..." Lo del baño desde el barco no dice nada, la nota de la delegación habla del baño en playas y determina que se podrá hacer si es para practicar la natacion exclusivamente, por lo que interpreto que manteniendo las distancias y por ser un deporte individual esta prohibido que te des un chapuzón pero esta permitido que te bañes si te tiras todo el rato que estés en el agua nadando para un lado y para el otro o practicando snorkeling que es nadar con aletas y gafas... Por lo que la respuesta es positiva,si se trata de practicar la natación de manera individual manteniendo distancia prevista de seguridad con otras personas, cuando fondees en una playa podrás hacerlo. Si es para darte un típico chapuzón sin nadar no esta permitido aún hasta nuevo aviso supongo que para la fase III...:
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... Editado por Fuerza 7 en 07-05-2020 a las 18:35. |
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#411
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Cita:
Gracias |
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#412
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Pues yo tengo claro que como no salgan instrucciones claras y relativas en concreto a la náutica recreo no lo veo ni siquiera para el día 11. Seguimos con la pandereta
.Tengo la impresión de que hay algún tipo de pique en la administración y los paganinis somos los usuarios... Tiene bemoles la cosa, hasta que a alguien no le salga de los mismísimos publicarlo en el p.to boe, na de na, ni fases ni leches... Qué país ![]()
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Caminante no hay camino sino estelas en el mar... |
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#413
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En Canarias se esta aplicando a rajatabla lo que procede es decir, las marinas siguiendo las directrices de la DGMM estan dejando acceder hacer los minimos mantenimientos según lo previsto sólo a los propietarios residentes en el municipio donde esta ubicada en estricto cumplimiento de los protocolos de desconfinamiento, y esto es posible porque la Delegación del Gobierno ha emitido una nota aclaratoria regulando que se permite el desconfinamiento y desplazamiento a los residentes en el municipio donde este el club o marina a los barcos para realizar el mantenimiento mínimo siguiendo los criterios tecnicos de la DGMM.
Hola FUERZA 7, en que isla vives? Estás en Gran Canaria?...Yo tengo el barco en el Club Náutico de Las Palmas de GC, en Marina Seca, y no dejan pasar a la marina, supongo porque está cerrado... No puedo encontrar esa Nota informativa por ningún lado, puedes "colgarla" o compartir link, porque a mi parece que no me dejaran ni ver el barco hasta final de mes... Gracias. Saludos Editado por El Peje en 07-05-2020 a las 21:07. |
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#414
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Esto es una especie de caos.... y parece que la cosa va por zonas, en función de lo que piense cada entidad de puertos autonómica, o la delegación del gobierno en cada CCAA.
En fin, estamos intentando que nos aclaren por dónde quieren ir, a fin de poder ir informando a todo bicho viviente, gobiernos autónomicos incluidos. ![]() ![]() salud! |
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pepe2m2 (08-05-2020) | ||
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#415
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Buenas noches y una ronda para todos
Yo estoy en Tenerife y mi marina me permitió el ir al barco sin problema para arrancarlo. Solo con la mascarilla y los guantes. Estuve viente minutos y me fui. La verdad es que iba con miedo de si me dejarían pero vino el marinero me abrió el pantalan y se fue. Ya el martes habían habilitado la cerradura electrónica y ya no hace falta ni buscar al marinero. |
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#416
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Cita:
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#417
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![]() Repito, Se están riendo de nosotros...Hace ya tiempo que no leo ni el boe ni las jaimitadas de unos y otros. Cuando se pueda ir al barco, que me avisen; cuando se pueda navegar, pues lo mismo. No le dedico ni un minuto a tanto despropósito. ![]()
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* Contra la aplicación de normas abusivas a las embarcaciones de recreo. * Por una legislación específica para la náutica deportiva diferenciada de la Marina Mercante. * No a las sanciones desmesuradas y desproporcionadas. http://paom.es/ Únete a nosotros. |
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Cita:
Gracias. Saludos |
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Portos de Galicia publicó una instrucción el 6 de mayo en la que establece el procedimiento para el acceso a las instalaciones deportivas de su competencia.
Este es el enlace: http://www.portosdegalicia.gal/docum...f-24b9a086eb2b Como está en gallego, os va también una traducción rápida, perdonad los errores. Estamos en fase 0, o sea que, si vives en un municipio diferente al del puerto de tu embarcación no puedes ir ni a verla ni a navegar (hablando siempre como una actividad deportiva, no como actividad de recreo). Hasta que publiquen en el BOE las modificaciones, toca esperar, es mi caso ... ![]() ![]() ![]()
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Busca tu felicidad. http://veleando.blogspot.com.es/ http://twitter.com/valgote/ http://www.youtube.com/channel/UCKaT...bM27-HZmMZe4w/ http://plus.google.com/u/0/ |
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#420
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Cita:
![]() Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a El Temido II | ||
Fuerza 7 (08-05-2020) | ||
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#421
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Yo , pedire la bicicleta al vecino y me ire a la zona publica de mi puerto y despues de pedalear, descansare un rato y apoyare la bicicleta en el balcon de proa de un barco , vigilando que no caiga al agua.
. Y cuando me canse de ver volvere a mi domicilio base. ![]() ![]() |
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#422
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Hoy he hablado con DGMM, me han indicado que están ultimando una orden en la que se incluirá y regulará la náutica de recreo desde fase 0 a 4, si al final queda como se me ha adelantado.... nos va a gustar bastante, pero depende de lo que al final decida el comité de expertos, por lo que el suspense se mantiene.
Seguiremos informando. ![]() ![]() salud!!! |
| 12 Cofrades agradecieron a Jadarvi este mensaje: | ||
Alex (08-05-2020), AVERY (08-05-2020), Capitan Barbosa (08-05-2020), Chemaximus (10-05-2020), enric rosello (08-05-2020), Manu-Okavango (08-05-2020), miguel ibiza alm (08-05-2020), Mirlotu (08-05-2020), pepe2m2 (08-05-2020), Snail (08-05-2020), SoloHan (08-05-2020), soysuxo_2 (08-05-2020) | ||
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#423
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Viniendo de la DGMM estoy convencido de que no me va a gustar.
Si el lunes entra mi provincia en fase 1 me puedo mover por toda ella y llegar a tocar mi barca, pero no quieren dejarme hacer mantenimiento (que llevan otros haciendo una semana por vivir a menos de 1Km de la suya). En cambio puedo juntarme con 10 familiares en una terraza o ir a misa... Para cag*rme en todos los "essperrtox" que nos dirigen |
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#424
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Cita:
Gracias por gestión ![]() |
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#425
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Si ya hay una nota de la DGMM con lo que se puede hacer, ahora el problema es que cada autonomía interpreta lo que le sale del mango y pone las normas que quiere.
Hasta que punto es legal, que una autonomía restrinja mas el derecho a la libre circulación que lo que ya lo ha hecho el estado? Estamos en un estado de alarma, dirigido por el ministerio de sanidad, si la DGMM saca una nota interpretando la situación (con una segunda nota aclaratoria que eso según se oficialicen las fases en el b.o.e) puede una autonomía, una delegación de gobierno o una consejería de puertos actuar en sentido contrario???? Saludos Auskalo
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Navego luego existo. |
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