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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#26
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"que opciones tengo de traerlo legal?".
estuve por responder: En un ferry.
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"With repetition come good habits, with good habits comes good seamanship, with good seamanship comes security, and with security comes enjoyment". |
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Itxasfree (07-03-2023) | ||
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#27
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Dependerá de tu plan de navegación posterior, porque si lo quieres para hacer grandes travesías y resulta que está limitado a zona 4 no lo compraría.
Si aún así lo quieres yo lo traería tal cual en conserva con otra embarcación que sí pueda hacer la navegación, con balsa, radio baliza y demás. Vais navegando a cierta distancia uno del otro y si hay un problema no estarás solo. Y lo de que te pillen entrando en aguas españolas pues lo veo muy improbable, pero el riesgo está. Y muy importante: un seguro que cubra la travesía. Posiblemente tenga que ser extranjero que no pinta rayas en el mar para decidir hasta dónde puedes ir con una bengala más o menos. |
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#28
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Leyendoos parece que a mitad de travesia se vaya a hundir el barco, haya que saltar a una balsa salvavidas y que el seguro pague a salvamento maritimo.
Lo mas facil para ir legal y que el barco pueda cruzar de la peninsula a Baleares etc... es cambiar a Polaca, la balsa no seria obligatoria. Habria que poner el barco en perfectas condiciones, buscarse amigos que tengan por lo menos el PER y yo haria un cruce directo sin parar en puertos, alternandose las guardias. Barato y legal ![]() |
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#29
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Si no tiene mucha experiencia yo no haría un cruce directo, aunque se pueda... mejor hacer tramos más cortos, saliendo pronto, descansando bien y evitando sorpresas, más cuando no conoces el barco y pueden aparecer pegas... conociendo bien el barco, estando bien comprobado todo, con acompañantes con un mínimo de experiencia para las guardias, muy bien comprobada la meteo... claro que la mejor opción sería hacerlo del tirón... te ahorras días costes etc. |
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#30
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[QUOTE ]....... yo haria un cruce directo sin parar en puertos......... [/quote]
Cita:
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De Baleares a la península por loxodromica u ortodromica es lo que hay. 50 millas. Motor, un rumbo directo, unas millas. Vela, no queda otra que hacer el rumbo que permita el plano velico. Y las millas recorridas se sabrán al llegar a puerto. Traslado velero de islas a península. Que dice el título del hilo Cruce incumpliendo la legislación. Cruce con pabellón distinto al nacional. Cruce en transporte rodado y en barco. Cruce a remolque, con remolcador despachado al efecto. Y creo que no hay más señores. ![]() |
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#31
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Como dijo un cofrade más arriba la legislación polaca te exige balsa. ![]() ![]() ![]() |
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#32
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Y mas claro... Agua! Y tienes cierta razón Toni. Seguramente que no se le hunde, Ni le estamos desanimando ni siendo pesimistas. Él realiza una pregunta y nosotros le damos nuestro parecer. Y algunos de los que responden tienen bastante ó muchas.. experiencias. Y en efecto, hasta ahora yo también creía que el cruce directo ahí cuando menos cincuenta mn. ( Que ya sabemos que es poquita la diferencia para poder prácticamente hacerlo legal) Seguro que todos hemos pasado alguna vez de 130 en autovía, como de seguro que la mayoría no hemos ( Afortunadamente) de veras precisado del airbag o del cinturón de seguridad para continuar sanos. Pero además el lo quiere o pregunta para hacerlo de forma legal. Y por poquitos años que tuviera el balandro no lo conoce ni controla. Como seguro que también pues diría en moto con el casco en el codo a 30 por hora disfrutando de una vez Ruta en moto una noche por Pirineos, y a nadie se va a cruzar. Pero.. acaso por ello le recomendarías que haga una buena ruta sin casco? En serio a veces nos quejamos muchísimo y más de las normas de la chatarrería o como queráis llamarle, pero algunas tienen cierto sentido por mucho que nos jodan. Y .. es otro tema pero podéis aprovechar para lanzarme taburetes, que aún estoy ágil. La realidad es que si no funciona la balsa quizás haya unos "tipos" que se la tengan que jugar para venir a auxiliarnos. Lo cual por supuestísimo nunca pasa a nadie, y menos a ti. Y eso no quiere decir que yo ni acuerde ni tampoco critique las normas de la dirección general de la Marina mercante. Pero algunas y por supuesto mejorar tenemos que generarnos. Máxime si luego de veras queremos que vengan a solucionarnos ciertas papeletas, que reconozcamoslo, si no tienen una buena conclusión con cierta facilidad nos atrevemos a criticar. Y ojo, porque analizar dudar y dar nuestro parecer, e incluso después de lo cual en realizar una crítica me parece sano. Y como dice, mejor no confundir con el tema de abanderamientos. Salud y buen viento! Hay cosas que son difíciles de entender. De Baleares a la península por loxodromica u ortodromica es lo que hay. 50 millas. Motor, un rumbo directo, unas millas. Vela, no queda otra que hacer el rumbo que permita el plano velico. Y las millas recorridas se sabrán al llegar a puerto. Traslado velero de islas a península. Que dice el título del hilo Cruce incumpliendo la legislación. Cruce con pabellón distinto al nacional. Cruce en transporte rodado y en barco. Cruce a remolque, con remolcador despachado al efecto. Y creo que no hay más señores. [/quote] |
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#33
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A mi lo que me interesa del tema es sobre todo cuando decis lo que es "legal" o "ilegal" porque yo tengo claro lo que yo haría.
Es que este tema se lo he preguntado a la DGMM y no me han dado una respuesta clara... vamos a ver, si no estoy navegando fuera del territorio español, es decir, a más de 12 millas, en aguas internacionales, donde España no tiene soberania, donde los agentes de la ley españoles ya no tienen autoridad más que en ciertas cuestiones como es el trafico de drogas, aduanas, delitos ecologicos, etc... ¿me puede sancionar la DGMM por estar navegando en una zona donde no tiene competencias? Entiendo que la respuesta puede ser que si porque estos primero disparan y luego apuntan, es decir, que te ponen la sanción y luego tu ya recurres y tal... pero si vamos por lo "legal" ¿esa sanción sería valida ante un juez español en el caso de que tu argumentes que la ley española no es valida en aguas internacionales y que el agente que te ha sancionado tampoco tiene competencias por estar fuera del territorio español? yo creo que esa sanción un juez la anularia inmediatamente, pero tampoco soy abogado... si tengo experiencia de haber sido parado en el barco de un amigo a 20 millas de la costa y cuando nos pidieron amablemente la documentación del barco mi amigo se la enseño, pero cuando quisieron entrar a registrarlo les dijo que no, que estaban fuera de su jurisdicción y que no les permitia subir a su barco... pues nada, miraron el gps (como si no supieran donde estaban!) y le dijeron: tiene vd. razón, puede continuar.... En fin, me gustaria que algun abogado me aclarara el tema porque está claro que todos tenemos que cumplir la ley, pero el estado y los funcionarios tambien y esas supuestas sanciones fuera del territorio español yo creo que son ilegales. A ver si alguno nos lo aclara. |
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JVPIT3R (09-03-2023) | ||
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#34
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Tal vez sea el conocimiento más arcano de este mundillo en el que andamos. Opinando exactamente como tu, cabe añadir un matiz, que no se si esclarece, o enfarraga más el asunto, y es el hecho de que exista una legislación sobre ese territorio. Es decir, el propio reglamento plantea condiciones sobre un territorio en el que no tiene jurisdicción. El mismo criterio que eventualmente aplicaría el juez para anular una sanción, debería servir para anular el reglamento, cosa que no ocurre. Ahí el tema del pabellón, y sus derivaciones jurídicas, no ayuda mucho, ya que se puede argumentar que el estado no tiene jurisprudencia sobre el territorio, pero si sobre el buque en ese territorio (paja jurídico-mental). No obstante, estamos en lo de siempre. En un escenario hiper regulado el debate se termina desplazando a la regulación, en vez de a la naturaleza del asunto, y eso es muy peligroso, dado que crea el clásico paralogismo de que lo que no es ilegal está bien, cosa que no es así necesariamente. Enviado desde mi SM-A135F mediante Tapatalk |
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jonam52 (09-03-2023) | ||
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#35
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#36
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Pues si, es interesante, en Canarias misma situación, entre islas algunas habran 40 millas, estando despachado para zona 4 pues en muchos casos tienes unas 20 millas en las que esta en agua de nadie, por no decir tierra de nadie, yo supongo que les bastaría para esperarte en el límite de las 12 millas, comprobar que eres zona 4 y poner la multa, pero tampoco estoy seguro.
Y no es que quiera tentar la suerte, pero aquí el riesgo es pequeño, tienes las islas casi siempre a la vista, hay trafico regular y la rutas son casi en linea recta, vamos que no es cruzar el pacifico o atlantico mismamente. |
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tony17 (09-03-2023) | ||
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#37
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![]() ![]() Nos olvidamos de un pequeño detalle, el buque es territorio nacional del pabellón que arbola. Pero lo dicho, aquí el problema es el seguro, no si la patrullera, te inspecciona ..... que por otro lado podría, estando dentro de o fuera de las 12 millas. Y luego el pequeño detalle de los seguros |
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tony17 (09-03-2023) | ||
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#38
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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#39
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Desde luego que hoy en dia no puedes andar un poco de hippie por ahi.
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#40
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Como echo de menos la navegación "jipi".
Yo en el año 1992 y 1993 cruzaba Denia a San Antonio y vuelta San Antonio a Valencia, en un Daimio de 23 pies, con el PER, sin balsa, ni GPS, ni puñetas. Con una carta, un compás, una sonda chunga, un vhf, una emisora de redioaficionado ilegal, las bengalas, el botiquín y 4 chalecos de escapulario que olían a sentina que echaban patrás ![]() Jamás me pararon ni me pidieron papeles, ni título. Creo que no me crucé nunca con una patrullera de Aduanas ni de la GC. Y qué feliz (e inconsciente) era. ![]()
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MMSI 224433790 |
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Bernardo II (09-03-2023), driza (10-03-2023), Itxasfree (09-03-2023), Jose Manuel 41 (12-03-2023), mario147 (10-03-2023) | ||
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#41
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Hola
Como mucha gente asegurais que es obligatoria la valsa salvavidas y yo habia leido en webs de abanderamiento que no era obligatoria he investigado y parece ser que segun la ley Polaca a mas de 20 millas de distancia de la costa si es obligatoria lo cual se da en el cruce de Baleares a la peninsula aunque tambien es cierto que la guardia civil a un barco de bandera polaca solo le puede exigir el material de seguridad de zona 4 que no incluye balsa ni radiobaliza las cuales son dos cosas caras y mas caras de mantener, incluso de alquilar. Y la guardia Polaca no patrullea el mediterraneo. El plan de la persona que abrio la discusión en principio es llevar el barco a Barcelona. Estos gastos excesibos echan para atras a armadores que al final se quedan en zona 5. ![]() |
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#42
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Lo que comentas es cierto, y obviamente genera dudas a quien desea realizar ésta travesía. Hay un pequeño monto de dinero qué diferencia realizarlo de una manera u otra. (También cierta diferencia en lo respectiva seguridad y poco probables pero posibles multas. ( Que de darse ésta ultima probabilidad serían de indudable mayor magnitud de euros).
Simplemente planteamos las diferentes posibilidades al realizarlo y ulteriores y ciertamente improbables consecuencias. No sé, quizás si tú que parece tienes experiencia si le acompañas se anime por una u otra formula... Pero la más segura bien hecha y además legal, es la que hemos aclarado. Obviamente hay a quien nunca le pasa nada. ( Hasta que le pasa) a mí hay algunos juegos que no me gustan dejar al albur ni al Azar. Buen viento! |
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#43
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Si para quien pretende comprar un barco de crucero, de cierto porte, le supone un gran impedimento la balsa y la radiobaliza…
Quizás no sepa lo que vale tener un barco a son de mar… y más si es viejo y poco mantenido. En los puertos hay muchos barcos que flotan, pero no tantos que puedan navegar con seguridad 100 millas sin percance, y ya no digamos si la Meteo es algo comprometedora… A mi me importa un pito si exige o no la bandera este u otro material de seguridad. Lo que tengo claro, es que como se pregunta en el hilo, no tengo duda alguna que es necesario llevarlo. Además de un par de semanas de varadero, para poner a punto grifos, motor, electricidad y comunicaciones… Y luego le pones la bandera de Saturno si quieres para cruzar… Enviado desde mi iPad utilizando Tapatalk |
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#44
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Hola Velella,
Finalmente, qué haréis? No nos dejes con la incógnita como cuando nos preguntaste por la travesía Barcelona - Vigo y no supimos más de ti... ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Avante | ||
Itxasfree (18-03-2023) | ||
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#45
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Cita:
Muchas gracias a todos por toda la información y el debate... Todas las opiniones nos sirven. Finalmente, si lo compramos (en principio en una semana aproximadamente firmamos el contrato), viendo lo que decís creo que la opción con la que estaremos más tranquilas será cumpliendo con toda la seguridad correspondiente a zona 2 (por lo que alquilaríamos balsa), y probablemente cambiando a pabellón polaco... Por ahorrarnos el preocuparnos de GC y de si puede o no decirnos nada. Pregunté también al seguro que qué implicaría el pasar a bandera polaca, y si nos cubriría estando a más de 12mn de la costa, y me dijeron que si cambiara a pabellón polaco simplemente les avise, pero que me cubre hasta 200mn. @avante finalmente el tema de galícia quedó atrás... Preferimos quedarnos por aquí... Aunque la verdad que nos cuesta estarnos quietas, así que igual dentro de un tiempo volvemos a escribir diciendo que hemos visto un barco en noruega y si es descabellado bajarlo 🤣 Gracias otra vez por vuestros consejos!! Enviado desde mi Redmi Note 8 mediante Tapatalk |
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#46
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Se agradece feedback, ahora a poner el barco a punto
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