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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola cofrades.
La verdad es que me encuentro frustradísimo. Compré hace poco una rio 500 a un tío de Marbella. El hombre había sido jefe de sala del 091 en Marbella por lo que me transmitía bastante confianza. Bueno firmamos el contrato de compra-venta, me dio una fotocopia compulsada de su DNI, la hoja de asiento del barco... Y cuando llego a La Coruña (me lo traje por carretera con la consiguiente paliza, todo el sistema eléctrico hecho una pena, con lo que lo rehíce yo enterito) me voy a la capitanía marítima y me dicen que falta el certificado de navegabilidad, que si no lo tengo tengo que pedir un duplicado. Solicito el duplicado y me contestan que no les consta que haya tenido nunca certificado de navegabilidad. La única opción que me dan es que le pase una ITB, con el consiguiente gasto para una embarcación de 5 metros que tiene 20 años. Llamo al anterior propietario (bueno a su hijo, del padre no tengo el teléfono) y me dice que ellos no tienen ese papel y que el barco estaba legal, que al ser de 5 metros no tiene que pasar la ITB. Queda de llamarme después... pero por supuesto no me llama. Una vez que ha cobrado el dinero ya imagino que se la suda que yo pueda o no pueda transferir. Aquí se me plantean las siguientes preguntas. ¿puede ser que en Marbella tenga el certificado de navegabilidad y no les conste en el sistema informático en La Coruña? Si es así, ¿tendría que pedirlo a la capitanía marítima en Marbella? Si el barco estaba ilegal y no tenía certificado de navegabilidad, ¿puedo denunciar al anterior propietario por haberme engañado en la venta? La verdad es que me siento bastante mal, sé que el coste de una ITB (250 o 300 euros) para muchos de aquí no será mucho, pero en un barco que me costó menos de 2000 euros, me parece una putada muy gorda. Bueno pues eso, que tragos para todos y más para mí a ver si se me pasa el berrinche. PD el barco se llamaba EMI BRIGIT y estaba en el puerto deportivo de Marbella, por si alguien de puñetera casualidad lo conoce..... |
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#2
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Si el barco está matriculado, tiene que tener el certificado de navegabilidad. Ese documento te lo dan cuando matriculas la embarcación, junto con el permiso de navegación.
SALUDOS A TODOS |
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#3
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Widowson, mírate esto http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAST.../ITB_Nauticas/ a ver si te saca de dudas....
Ten encuenta que el barco estará matriculado conforme a la normativa de hace 20 años... así que no tendrá nada informatizado... creo que tendrás que pedir el p* papel a la Capitanía Marítima de matrícula. Venga, una rondita para el cabreo!!!!
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En la mar, ni tiempo ni marea paran o esperan. Los doctores son hombres que prescriben medicinas que conocen poco, curan enfermedades que conocen menos, en seres de humanos de los que no saben nada. Voltaire (1694-1778) Albaid en youtube |
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#4
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Muchísimas gracias a los dos. Ahora la duda es, ¿se puede pedir por teléfono? o me tengo que hacer otra vez 2500 km para recoger ese puñetero papel?
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#5
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Bos días paisano
![]() ![]() Vuelve a la capitanía de Coruña y pregunta allí. De todos modos, puedes entregar la instancia solicitando el papel en la capitanía de Coruña para que ellos la tramiten en la capitanía de matrícula (pues no deja de ser la delegación de la DGMM en Coruña) saúdos ![]()
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Una enorme ola espumosa salió de la bruma; se venía sobre el barco, rugiendo con salvajismo, y en el afán con que se precipitaba parecía tan terrible y escalofriante como un loco blandiendo un hacha. El negro del Narcissus. Joseph Conrad |
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#6
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Pues nada, me ha contestado el tío que me lo vendió. Y me dice que cuando él compró el barco no era necesario el certificado de navegabilidad. Y por tanto que no lo ha tenido nunca. Así que no queda otra que pagar una ITB.
Y la cara de tonto que se me ha quedado....... |
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#7
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pues vaya puta...
![]() animo y saludos! ![]() |
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#8
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Ok te lo confirmo, yo tambien compre un velero del año 81 y nunca tuvo certificado de navegabilidad porque en esa epoca no se exigia, le tuve que pasar la ITB y con eso me lo hicieron sin ningún problema en capitanía, la ITB me costo 150 Eur, por lo que miralo bien porque 250 o 300 como dices para esa embarcación es una barbaridad.
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#9
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1- Pues siendo obligatorio tal certificado, no sé hasta que punto es legal poder venderla sin él.
2- Yo no veo que el certificado de navigabilidad sea un documento necesario para solicitar el cambio de dominio. Mira aquí: http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAST..._compra-venta/ 3- Aunque no sea necesario para el cambio de dominio si que lo vas a tener que tener para poder navegar legalmente por lo que intentaría que el vendedor asumiera parte del coste diciéndole que tu dabas por sentado que la embarcación estaba legalmente despachada. 4- Siendo menor de 6 metros sólo la vas a tener que pagar una vez pues estás exento de inspecciones periódicas. 5- Que nos sirva de ejemplo para que nadie termine de pagar un barco de segunda mano hasta que no tengamos definitivamente el cambio de dominio realizado. Suerte ![]() |
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#10
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![]() ![]() ![]() TE puedes leer: Aleluya YA TENGO TODOS LOS PAPELES (tiene Final) Y veras lo que puede ocurrir con certificados caducados. No es tu caso por ser una embarcacoin menor pero ........
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El Arca de Noe fue construida por aficionados, el Titanic por profesionales visita la nueva WEB http://www.nauticpremia.net http://nauticpremia.blogspot.com.es/ https://www.facebook.com/clubnauticpremia www.anavre.org -- www.RANC.es -- www.vela.cat |
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#11
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Cita:
![]() la prisa es mala consejera y muchas veces nos "fiamos" demasiado del "otro". Unas veces por dejadez, otras por desidia y alguna por mala leche son como son
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Manel - EA3CBQ Socio fundador Anavre n° 15 de Baja por en crisis económica ?? |
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#12
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Es simple. Es un barco que el dueño se deshacía de él muy barato puesto que necesitaba el amarre. Concretamente me lo vendió por 1600 Euros.
Yo calculé el coste de alquilar un furgón, pedir prestado un remolque y traérmelo a La Coruña. Dos noches de hotel, el gas oil, peajes.... Cuando fui y lo probé el barco no iba mal y tal... pero bueno, todo el sistema eléctrico he tenido que rehacerlo, comprar emisora, plotter... vamos ya por los 4000 euros. En fin, que soy consciente de que no voy a sacar por el barco lo que me he gastado en él. Bueno, mi primera decepción en la náutica. Lo peor es que en poco tiempo quiero cambiarme a la vela y ya asumo que también tendré que pagar la novatada....... Perdonadme, tengo un día plof. |
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#13
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En la redacción del contrato siempre se ha de poner una cláusula en la que diga algo así:
El vendedor declara que la embarcación es de su propiedad al 100%, está libre de cualquier tipo de carga y se compromete a facilitar y firmar cuantos documentos sean necesarios para la transferencia de la embarcación ante los organismos que correspondan. Saludos ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Jorge Mistral | ||
otoio (15-01-2009) | ||
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#14
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Cita:
Es mejor equivocarse un poco al principio para futuras operaciones de mas envergadura. No te decepciones y tomate algo que yo invito.
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