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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Dado que es mi primer post en este foro, comenzaré con el saludo e invitación de rigor a quienes estén por estas aguas.
Como nuevamente estoy pensando comprar un barco extranjero he tenido que localizar las últimas tablas de valoración de la Agencia Tributaria para reflexionar otra vez si es más sencillo que el barco tenga bandera española o que yo tenga residencia en otro país. Quisiera compartir las tablas con aquellos de vosotros que estén considerando importar un barco. Además, para completar la imagen, os adjunto esta página de la Agencia Tributaria sirve para poner los pelos un poco más de punta. Si a ello añadimos la normativa española de navegación y revisión de embarcaciones, la decisión se inclina peligrosamente hacia ser no residente, me explico: Tuve un precioso barco clásico, de caoba, con bandera sueca, vino desde Suecia navegando en invierno y disfrute unos años por el cantábrico sin ningún problema. Cruzaba los saludos correspondientes (a cierta distancia evidentemente) con la lancha verde esa grandota que a veces se nos acerca, que al ver que me hacía el sueco siempre eran respondidos con cortesía. Un mal día, hace más de tres años, vendí el barco a un amigo que me puso como condición que lo abanderase yo con pabellón español. Imaginaos un barco que no tiene planos, de un país ajeno a la UE, que nunca pagó IVA, que no estaba registrado (En Suecia no se registran los barcos de recreo) cuya existencia no constaba en ningún documento "oficial" (de esos que tienen sello de goma, porque en Suecia no hay sellos de goma) . Evidentemente tuve que explicar el proceso español a los suecos, que como son muy prácticos amablemente me registraron el barco gratis y me expidieron un certificado bilingüe, sueco-inglés, con gran regocijo de su parte. Al día de hoy aún no ha terminado el proceso del lado español. Mi amigo ha plantado el pabellón español como quien se pone un escapulario, navega con documentación provisional y el de la gestoría posiblemente se haya jubilado o haya traspasado el negocio. Además de este lío, que puede ser llevadero si el comprador y vendedor son amigos y tienen buen carácter, me costó un dinero que quisiera evitar pagar en el futuro. Sinceramente es para pensárselo. |
| 19 Cofrades agradecieron a Abasota este mensaje: | ||
Alisio (16-05-2011), Barba Roja (31-03-2011), capitan necora (02-04-2011), capitan popeye (15-05-2011), fguerrir (16-05-2011), gurf (22-01-2009), jose4d (24-10-2009), Juanitu (18-05-2011), KikoCat (28-03-2011), kuko (28-03-2011), LOHANI (28-03-2011), Mar Menor (23-01-2009), mencheta (15-01-2010), PIK (22-01-2009), port bo (18-05-2011), Sahel (23-01-2009), sakamura (23-01-2009), simplex (24-10-2009), Tanausu (28-03-2011) | ||
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#2
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hola abasoso. una rondita para los que anden por ahí...
curiosamente he llegado a este hilo (inicio), buscando en la internet cómo va el papeleo de un Hallberg Rassy P-28 desde Suecia. Me sorprende eso de que no es un país de la Unión Europea. Suecia lo es desde 1.995 y en la web de Fomento (DGMM) no veo ninguna excepción con Suecia. Esto lo daba por hecho, pero ya que lo has mencionado pues..... me surgen mil dudas. El transporte ya lo tengo casi resuelto y asumido, que no es poco!!! A ver qué me contáis acerca del tema!!! |
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#3
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La embarcación se tendrá que homologar con la normativa española, es decir realizar un Proyecto+estabilidad, si a embarcación está construida después de 1995 y encuentras una matriculada en españa te libras de hacerlo y sólo entregar baja de bandera, contrato, pagar tasas y impuestos y suerte
saludos |
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#4
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Escaramujo, quizás me expliqué mal. Suecia si forma parte de la UE aunque no está en la Unión Monetaria, por tanto no emplean el Euro sino la Corona Sueca. De hecho, compré mi último barco en Suecia y posteriomente lo importé y cambié el pabellón. Tuve que hacer un proyecto completo porque no había registrado otro barco igual. En el caso del P-28 creo que si hay unos cuantos.
Fuí con la idea de comprar un P-28 que, por cierto, se puede transportar en un contenedor, pero a su lado vi un Storebro Havsörnen precioso y caí en la tentación. El barco tuvo que venir navegando. Te recomiendo que lo registres a tu nombre en Suecia y luego lo importes, el trámite es sencillo y gratuito. Haciéndolo así evitarás pagar aquí el ITP. El que te gusta es el de madera o el de poliester? Un saludo |
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#5
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Anda, ¿unos chupitos primero?
gracias por la aclaración! ...yo sigo cabezota con eso del P-28, y como sigo indagando, pues tengo otra tema pendiente y que mencionas. Al posible vendedor le he preguntado acerca del registro y me dice que hace años que abolieron ese "registro", por lo que la única documentación que se maneja para las embarcaciones de recreo es el título de propiedad (o contrato de compraventa, o lo que sea que justifique que el barco es tuyo) y el seguro. Vaya, que el que tiene un barco en Suecia es como el que tiene una bicicleta en España -eso sí, asegurada-. ...me veo sacándole un proyecto, aunque no me rendiré hasta verme totalmente acorralado por el Ministerio... |
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#6
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Cita:
A pesar de que no haya registro, yo me dirigí a ellos en inglés y rellené el formulario 16 (no estoy completamente seguro) de esta página que es el que utilicé para registrarlo en España. También hice el contrato de compraventa bilingüe inglés/castellano (el vendedor sueco se fió de la traducción). Del resto se ocupó la gestoría. De no tener documentación de registro imagino que la Embajada Sueca dará algún documento explicado que allí no hay registro para embarcaciones de menos de 14 metros |
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#7
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Hola a todos y botella de ron.
Como me interesa mucho este tema aporto la ultima lista de valoración de Hacienda para 2011 http://www.boe.es/diario_boe/txt.php...E-A-2010-19848 Salud!! |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Chivilco | ||
port bo (28-03-2011) | ||
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#8
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Vaya como se las gastan los de hacienda!!
Esto debe ser eso que dicen del afán recaudatorio. |
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#9
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Unas cañitas fresquitas....uhmm.... que ricas.
Una pregunta??????? En caso de contrato de compraventa el ITP se pagará sobre el valor del contrato ó sobre el de tablas?? O por el que sea mayor de los dos?? Si el valor de contrato es muy similar al de tablas ¿no se mosquean? Muchas gracias y unas rondas. |
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#10
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El mayor de los 2. Hacienda sabe que lo hace todo el mundo.
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#11
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Hola a todos!
¿¿¿¿¿¿Esta tabla quiere decir que si yo me compro un Puma 29 de más de 14 años, tengo que pagar 3.800 euros (sin contar el motor) a Hacienda????? ¿Es así o entendí mal? |
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#12
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Creo que entendiste mal:
Lo que tendrás que pagar es el 4% de transmisiones de esa valoración. Osea ingresarle a hacienda menos de 150 eurillos Saludos
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A veces, al atardecer, en mi isla, los viejos marinos cuentan historias del mar y los jóvenes fingen que se las creen. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a SOTILEZA | ||
jacquesmornard (15-05-2011) | ||
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#13
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Ya, después de poner el mensaje me di cuenta de que era como tú dices, pero como nadie contestaba ni lo aclaré.
¡Gracias de todos modos! |
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#14
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Y ya de paso, decís que cabe en un contenedor ¿no? y ¿cual es el coste de traer un contenedor desde Suecia a España?
uns birritaaaaas |
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#15
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Hola atodos y vayan unas rondas por delannte. Estamos mirando el tema y tenía unas preguntas:
Si la compraventa se hace en Suecia, ¿no se paga el ITP? Para el impuesto de matriculación, se paga el 12% del precio en contrato o de las tablas de Hacienda? Antes de comprarlo, habéis hecho o sabeis quién podría hacer un informe previo a la venta, del estado del barco? A la hora de transportarlo, hast qué eslora puede venir en contenedor? ¿Conocéis empresas que se dediquen a esto y de las que tengais alguna referencia? Perdonar tantas preguntas pero es que mirando por ahí los precios en Europa no tienen nada que ver conlos de aquí y a lo mejor trae a cuenta tomarse las molestias de cambio de bandera, etc a cambio de un mejor barco por menos precio. Gracias |
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#16
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Esto es una oprtunidad de negocio!!
saludos!
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Nautic , El meu amic el mar té el coratge d’un déu exaltat, i quan s’omple d’aire el meu velam seguim un joc incert |
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#17
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Estimados Cofrades,
En Suiza los barco SI tienen un registro. Al comprar el barco en Suiza y traerlo a España, necesitaras una serie de documentos para matricularlo en Bandera Española, que por cierto, si eres Español y el barco va a estar en España es OBLIGATORIO. No solamente hay que pagar el ITP, tambien si el barco lo requiere ( es mayor de 8 metros) tiene que pagar el impuesto de matriculacion, SI o SI, da igual que el barco tenga 20 años. Todo esto se paga conforme a la Tabla de Valoracion a efectos fiscales de vehiculos y embarcaciones, publicada y actualizada cada año en el mes de Diciembre. Obviamente si el valor del contrato es superior al de la tabla, pagas sobre el valor de contrato ( nadie te va a llamar desde hacienda a decirte que has pagado de mas) Para matricular el barco en España, tienes que traer de Suecia LA BAJA DE BANDERA, del barco, es OBLIGATORIO para matricular un barco que viene de otro pais. La baja del bandera del barco, solo la puede solicitar el propietario (asi se evitan robos y fraudes) Ademas te hara falta el certificado de conformidad CE tanto de la embarcacion como de los motores. RESUMEN: Hay que pagar el ITP? SI Hay que pagar impuesto de matriculacion? SI Existe en Suecia un registro de buques de recreo? SI Saludos Optisail |
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#18
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Del tema del estado del barco previo a la compra ¿conoceis empresas que lo hagan bien sin abusar en los precios?
Del tgransporte a españa sabeis algo? |
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#19
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Hola a todos y unas birras pa la calor,
Sí tú barco no esta en la lista de hacienda que valor de referencia se toma, Un saludo y buena proa |
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#20
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Hola amigo,
Si tu barco no aparece en la lista se toman referencias de barcos similares, factura original, datos de compraventa de similares embarcaciones ( que no este en la lista, no significa que no consten en hacienda datos de transacciones de ese tipo de barco).....ETC. Saludos Optisail |
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#21
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Cita:
En mi caso, como no paguen (ellos) un perito que haga una valoración, me temo que el valor es el que figura en el contrato de compraventa. Y no creo que vayan a pagar a un perito, porque lo que les cobra es más que la supuesta ganancia que podrían lograr. Saludos |
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#22
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Estimado OPTISAIL. Hace 2 años (2.009) traje de Suecia (que es otro sitio diferente de Suiza) un precioso Hallberg-Rassy P-28. Al menos en aquella fecha, en Suecia no existía la obligación de registrar buques menores de 12 metros. Es como el que tiene una bicicleta, no matrícula, no registro, no bandera...
Aquí tuve que desarrollar todo el papeleo de la burocracia hispana: registro, abanderamiento y matrícula, encontrándome con el problema de que la Fomento me exigía la bajada de bandera. Tuve que solicitar un certificado de la administración sueca en el que se informaba que NO EXISTE LA OBLIGATORIEDAD DE ABANDERAR mi barco y por lo tanto mi HR NO ESTÁ REGISTRADO EN SUECIA (fue un certificado nominativo). Ácredité la compra en Suecia mendiante un contrato de compra-venta y documentación del seguro. El resto que mencionas sí es correcto: pagué ITP, iva sobre el valor de la transmisión.... y luego adecuar los sistemas de seguridad del barco a la legislación española. Alquien preguntó que cuanto cuesta un container de 12 metros de Suecia-España? Pues a mí me costó 4.000€. Os comento que sumando todos los gastos, he gastado lo mismo que la compra de un 8-9 metros español, pero el mío es un HR P-28... Saludos, quote=Optisail;1062016]Estimados Cofrades, En Suiza los barco SI tienen un registro. Al comprar el barco en Suiza y traerlo a España, necesitaras una serie de documentos para matricularlo en Bandera Española, que por cierto, si eres Español y el barco va a estar en España es OBLIGATORIO. No solamente hay que pagar el ITP, tambien si el barco lo requiere ( es mayor de 8 metros) tiene que pagar el impuesto de matriculacion, SI o SI, da igual que el barco tenga 20 años. Todo esto se paga conforme a la Tabla de Valoracion a efectos fiscales de vehiculos y embarcaciones, publicada y actualizada cada año en el mes de Diciembre. Obviamente si el valor del contrato es superior al de la tabla, pagas sobre el valor de contrato ( nadie te va a llamar desde hacienda a decirte que has pagado de mas) Para matricular el barco en España, tienes que traer de Suecia LA BAJA DE BANDERA, del barco, es OBLIGATORIO para matricular un barco que viene de otro pais. La baja del bandera del barco, solo la puede solicitar el propietario (asi se evitan robos y fraudes) Ademas te hara falta el certificado de conformidad CE tanto de la embarcacion como de los motores. RESUMEN: Hay que pagar el ITP? SI Hay que pagar impuesto de matriculacion? SI Existe en Suecia un registro de buques de recreo? SI Saludos Optisail[/quote] |
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#23
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Y si un barco no sale en las tablas de valoracion que valor le asigna hacienda?
Por ejemplo oceanis 331 |
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#24
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Cita:
Esa pregunta ya está contestada más abajo. Saludos |
| Etiquetas |
| abanderamiento, importación, tablas hacienda |
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