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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Saludos y brindis
aunque sea con algo sin alcohol, el caso es disfrutar de la buena compañía. Una duda en cuanto a las atribuciones del capitán de yate sobre el manejo de las motos de agua ¿ se pueden gobernar ? no se puede ? En el caso de poder ¿ sin límite de potencia ? espero de vuestros conocimientos para salir de essa duda. Gracias anticipidas. |
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#2
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estas de coña, LAS MOTOS SE PUEDEN GOBERNAR CON EL PNB, CON EL PER, CON EL PATRON DE YATE Y CON EL CAPITAN NI TE CUENTO.
JAJAJAJA, ESO ESO, sigue con las rondas "sin alcohol", jajajajaja. |
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#3
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Cita:
![]() ![]() Muy bueno ![]() |
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#4
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Cita:
¿tu que crees? ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]()
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"Que es mi barco mi tesoro que es mi dios la libertad, mi ley la fuerza del viento y mi única patria la MAR"
![]() Tabernero Una Ronda a mi cuenta de tapa Patanegra y buen queso Manchego del curao y si le añadimos unas cigalitas........ unas gambitas.............. unas conchitas............unas....... ![]() ![]() ![]() http://www.anavre.org/ |
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#5
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Hola
Eso es lo que pasa por tomar esos brebajes sin alcohol. ![]() Ya decía mi abuela que trastornaban el sentido. ![]() Incrédulo, transcribo: ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo. Artículo 8. Condiciones de obtención y atribuciones de los títulos. Las atribuciones que confieren los títulos y las condiciones para su obtención son los siguientes: I. Capitán de yate: A) Atribuciones: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y vela para la navegación sin límite alguno, cualquiera que sea la potencia del motor y las características de la embarcación. Además, podrán gobernar motos náuticas. Saludos y ![]() con mucho alcohol.
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#6
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Hola Spirius
Item más: Para los que soliciteis ahora vuestro título, al menos los que emita la DGMM: Resolución de 5 de enero de 2009, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se dictan diversos actos de ejecución material para la aplicación de lo dispuesto en la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo. ... Descripción de las atribuciones en inglés.–En cumplimiento de lo previsto en el Anexo IX de la Orden FOM/3200/2007, en el reverso de las diversas tarjetas, además de las atribuciones en castellano, se deberá incluir las siguientes reseñas: D. Capitán de Yate. Valid worldwide for operation of leisure crafts, whatever is the power installed or the characteristics of the vessel. However, those over 24m should comply with the applicable specific regulation. Operation of jet skis is also allowed. Saludos y otra ![]()
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#7
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Ya me doy cuenta de que los que le pegáis fuerte al alcohol os hace perder las formas, es lo normal. Cuidaos porque tarde o temprano ( creo que ya ) os dará la cara.
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#8
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Cita:
y dan mucho por c**o, de ahí creo que viene el cachondeo.![]() En cuanto a la potencia, se aplica a las titulaciones específicas para motos: Patrón de moto náutica A: 110CV o más Patrón de moto náutica B: entre 55 y 110 CV Patrón de moto náutica A: menor de 55 CV Los demás no tenemos ninguna limitación, pa eso semos ![]() (ahora se me cabrearán los moteros...¡te digo yo...!) Para más info: http://www.fomento.es/NR/rdonlyres/0.../RD2592002.pdf Buen finde. P.D.: ¿ande andará ibizcapt, que no se le oye?
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#9
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jejejej..yo qué pensaba aprender algo de este post!..
,,ahí va mi ronda de Brugal!.. ..Sería curioso, bueno más que curioso subrealista... que un capitán de Yate..fuera a sacarse el titulín pa una moto!!.. Bueno..echemosnos unas risas antes de que se acabe el brugal!.. ![]() |
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#10
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Cita:
![]() Spirius, creo que las piraguas también se pueden gobernar con el título de CY, pero no te preocupes que me parece que en el parque del Retiro no te piden nada para alquilarte una barca. ![]() Saludos.
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#11
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BON DIA
![]() .Depende de si es "moto" o "amoto".
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El pesimista se queja del viento, el optimista espera que cambie, el realista ajusta sus velas. W.G.Ward http://www.cayoarenabeach.com |
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#12
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Cita:
La verdad es que tampoco me veo montado en un artefacto de esos. . Ni me imagino lo que diría la almiranta.![]() Cat, la "amoto" si es terrestre, es un vehículo respetable , pero ahora que lo dices, ¿cuás es la de agua, la "moto" o la "amoto"? ![]() Saludos
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#13
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Cita:
...¿Acuamoto? ![]() ![]() |
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#14
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#15
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Pues es bastante complicado
. ¿Será esta?Patrón de moto náutica A: menor de 55 CV ![]() Spirius, tienes razón. El alcohol nos tiene las neuronas machacadas ![]() ![]() |
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#16
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Cita:
![]() "Andante con moto" ........ y que cada vez la entiendo menos . Si es "andante", para que coño quiere la moto ![]() |
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