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VHF: Canal 77 |
#26
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Re: ITB en Gipuzkoa
En el armamento de la embarcación no se puede ahorrar, los chalecos, aros etc. y casi todas las cosas son para siempre, otro cosa es el tema de las bengalas.
Me parece que el problema de Trabañarru es que no le entra todo lo que le exigen en el "camarote de proa" y el "sollado" de popa esta ocupado por los aparejos de pescar. Saludos |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Manelaudaz | ||
trabañarru (12-01-2010) |
#27
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Re: ITB en Gipuzkoa
Y encima como va el Marqués y pesca siempre necesita sitio para el cubo, además como es ordenado necesita el sitio de los útiles para limpiar el pescado, además la máquina de fotos para los amaneceres de los calamares y ... es que nos piden demasiado
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#28
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Re: ITB en Gipuzkoa
traba,cuando solicité que me gestinaran el mmsi,le dije que me tramitaran el leb(eso lo vi en otro post que pusistes sin tener ni put...idea de lo que era),y la contestación que tuve fué que desconocia que era el leb¿es obligatorio para la itb?
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#29
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Re: ITB en Gipuzkoa
Cita:
Esto lo tiene que solicitar el instalador que te ha montado los equipos, el LEB llega a capitania y el MMSI le mandan al instalador |
#30
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Re: ITB en Gipuzkoa
cuando compré el barco(2007),la emisora estaba homologada con su número,y acoplada con el gps.me falta el mmsi,lo estoy tramitando con uno de barcelona (no me cobra nada,solo las tasas),pero no entiendo lo del leb¿me tramitan ellos?
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#31
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Re: ITB en Gipuzkoa
Cita:
a que te refieres con " la emisora homologada con su numero" que numero ??? Editado por trabañarru en 12-01-2010 a las 18:35. |
#32
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Re: ITB en Gipuzkoa
el número de serie,las tasas ya pagare al que corresponda,pero sigo conel leb...estoy viendo que el plazo de pasar la itb se me vence.si paso más tarde(por el mmsi y por cojona...)me sancionan?.A este paso me juntaré contigo para pasar la revisión.
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#33
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Re: ITB en Gipuzkoa
a mi me relleno los papeles el instalador, despues yo solicite en capitania tanto el MMSI y el LEB ( previo pago de las tasas correspondientes) en tres meses lo tenia todo listo........... dicen que hay capitanias que tardan casi un año.........
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#34
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Re: ITB en Gipuzkoa
queeeee,hace 15 dias que lo he solicitado y tengo que pasar la itb este mes.¿me sancionaran?
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#35
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Re: ITB en Gipuzkoa
Cita:
Suerte Avefria |
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avefria (12-01-2010) |
#36
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Re: ITB en Gipuzkoa
Yo con todo esto esto del MMSI y el LEB y demás, tengo un chocho que no veas. No sé por dónde ando.
He comprado la emisora en junio y en teoría me solicitaba el número el vendedor. Bien, así fué. Como a los dos meses me llegó un número que yo pensaba que era el MMSI pero al ir a introducirlo no valía pues le faltaban dígitos. El vendedor también pensaba que era el MMSI pero tras informarse resultó ser una especie de resguardo que acredita que lo tengo solicitado y estoy a la espera de recibirlo. Tras hacer la solicitud del LEB, ya han pasado varios meses y no tengo nada. No sé por dónde ando. |
#37
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Re: ITB en Gipuzkoa
Cita:
el MMSI lo solicita el instalador tu vas con el papel que solamente el te puede rellenar y solicitas el LEB y el MMSI, pagas en el banco las tasas correspondientes les das los resguardos y ellos te lo solicitan ( previo pago) el MMSI a los meses llega al instalador y el LEB ( que te faculta para utilizar la radio ) a capitaina. Despues tu metes el Nº en la radio y ya esta............ Si tienes los papeles de solicitud ( los 2 ) y te para la GC no te pueden hacer nada pues estas en tramite.......si no tienes dichas solicituides pues multa al canto pues para tu zona y tu eslora hace ya un año que lo tenias que tener...... |
#38
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Re: ITB en Gipuzkoa
Si has solicitado la LEB y el MMSI supongo al pasar la ITB servirá con presentar dicha solicitud. El reponsable de la tramitación no eres tu sino la Administración. Tu obligación de presentar las solicitudes correspondientes está cumplida.
No obstante, está claro que esta normativa era conocida con la antelación suficiente como para que, salvo en la adquisición de una nueva embarcación, no nos "cogiera el toro". Por lo tanto, a pesar de lo dicho en párrafo anterior, tampoco debieras "enfadarte" demasiado si te dejan la lancha en tierra una "temporada". La normativa suele ser un coñazo, pero mientras la Administración tenga la sartén por el mango, hay que procurar estar "al loro", lo que nos evitará problemas. Saludos PD. a que no se nota para quién trabajo. |
#39
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Re: ITB en Gipuzkoa
Gracias Trabañarru y Lamelibránquio, sí eso lo tengo y me han dicho que con esto estoy en regla. Lo que pasa es que me parece que tarda mucho.
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#40
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Re: ITB en Gipuzkoa
me habian comentado que el tema del mmsi se hacia en una semana,yo particularmente lo he dejado para el final,y resulta que leo que puede tardar un mes,un año?
aunque tengo que pasar este mes la itb y no me llegue el mmsi y el leb(que todavia no me aclaro que es),seguiré pescando,y arriesgandome a que me pillen(es que no puedo estar sin ir al mar). TRABAÑARRU,no podré decirte nada de la itb,porque a este paso,tu pasaras antes que yo |
#41
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Re: ITB en Gipuzkoa
Dos cosas, a mi me tardó un año.
Sam cuidado con introducir el mmsi que no es realmente, ya que yo tengo el vhf para mandar al servicio técnico porque solo se le puede introducir un número una o dos veces, después queda inhabilitado. y hay que desmontarlo, vamos fácil fácil esto no es.
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#42
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Re: ITB en Gipuzkoa
leb(que todavia no me aclaro que es),
Avefria "sin tener los papeles a mano" y tirando de memoria, el LEB creo que es la licencia para operar con una emisora de radio equivalente al contrato con Cia. telefonica y el MMSI es el nº que te asignan equivalente al nº de telefono A mi en Bilbao una vez comprobada la homologacion del aparato con el nº de serie, modelo etc. me tardaron dos meses en mandarmelo. |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a atxarre | ||
avefria (13-01-2010) |
#43
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[quote=atxarre;738725]leb(que todavia no me aclaro que es),
La licencia de estacion de barco ( LEB ) es el documento por el cual tu barco puede utilizar un determinado equipo de radio instalado a bordo. Si no tienes esta licencia no te dan el MMSI. Y puedes tener esta licencia sin tener ni necesitar el MMSI. Editado por trabañarru en 13-01-2010 a las 09:20. |
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avefria (13-01-2010) |
#44
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Re: ITB en Gipuzkoa
[quote=trabañarru;738732]
Cita:
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#45
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Re: ITB en Gipuzkoa
trabañarru,en que momento has iniciado este debateresulta que muchos estamos mas perdidos que un pinguino en el desierto.
sobre todo con el tema del leb( leo y leo,y no me aclaro),de todas formas gracias por esforzarte en explicarlo. |
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Re: ITB en Gipuzkoa
trabañarru,en que momento has iniciado este debateresulta que muchos estamos mas perdidos que un pinguino en el desierto.
sobre todo con el tema del leb( leo y leo,y no me aclaro),de todas formas gracias por esforzarte en explicarlo. a este paso tendré que invitarte a una comida o cena en el astillero |
#47
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Re: ITB en Gipuzkoa
[quote=avefria;739134]Me parece que no, pues la del LEB es de la embarcacion y la de radioaficionado es personal.........
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#48
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Re: ITB en Gipuzkoa
[quote=trabañarru;739154]si antes tenia alguna duda,ahora te digo que estás invitado en el ASTILLERO,mano a mano,y de paso me explicas todas las dudas que tengo sobre el leb y la sonda
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#49
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Re: ITB en Gipuzkoa
Aqui es donde pone la normativa sobre el LEB ( lo que preguntabas en el otro hilo ) que la gente se mosquea .
Artículo 7. Licencia de Estación de Barco (LEB) 1. Todos los buques nacionales que dispongan de algún equipo transmisor de radiocomunicaciones de uso marítimo, ya sea de uso obligatorio o de instalación voluntaria, deberán disponer obligatoriamente de la Licencia de Estación de Barco (LEB) expedida por la DGMM. Esta Licencia deberá estar situada en un lugar fácilmente visible de la estación radioeléctrica del buque para el que fue expedida, y ampara y autoriza exclusivamente a los equipos, frecuencias o canales reseñados en la misma. No estarán obligados a disponer de LEB aquellos buques que únicamente dispongan de equipos radiotelefónicos portátiles de Ondas Métricas cuyo uso se destine exclusivamente a servicios de emergencias marítimas. Tampoco se incluirán en la Licencia equipos emisores tales como radares, sondas, etc. u otros equipos que no sean los considerados como equipos transmisores utilizados para las radiocomunicaciones marítimas. 2. La LEB (cuyo modelo figura en el anexo II), tendrá un período de validez de 5 años para los buques de pasaje, cualquiera que sea su clasificación; para los de carga iguales o mayores de 300 toneladas; para los buques de pesca nuevos y existentes de eslora igual o superior a 24 metros; y para los buques de servicios de puerto que salen a la mar (clase T), e indefinido para el resto de los buques, siendo obligación de la empresa operadora del buque o sus representantes autorizados la solicitud de su renovación cuando finalice su período de validez o varíen las condiciones en base a las cuales les fue expedida. 3. Cualquier nueva instalación de un aparato transmisor o la sustitución del mismo por uno diferente del que figura en la Licencia, así como cualquier modificación sustancial de los datos que figuran en ésta implicará la solicitud de una nueva Licencia a la DGMM. Sin embargo, no será necesario solicitar una nueva Licencia cuando el equipo sustituto sea igual en todas sus características al que ya figuraba en la misma. En cualquier caso, dicha sustitución deberá ser comunicada a la Administración Marítima, mediante el impreso oficial de instalación. 4. Cuando un buque que disponga de su correspondiente Licencia en período de validez, cambie de nombre, del distintivo de llamada o señal de identificación que figuren en la misma o de propietario, si no se produce ninguna modificación en el equipamiento radioeléctrico que lleva instalado, se le expedirá una nueva Licencia cuyo período de vigencia será el mismo que ya figuraba en la Licencia original. De esta incidencia deberá dejarse constancia escrita en el reverso de la Licencia. 5. En el caso de un buque nuevo o de un buque existente cuya construcción se lleve a cabo o cuya Licencia caduque en un país extranjero, su operador podrá recabar de las Autoridades competentes de ese Estado, la expedición de una Licencia provisional, que acredite que la estación radioeléctrica cumple con las disposiciones del Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT. Esta Licencia deberá contener los principales datos descriptivos de la estación (nombre, distintivo de llamada, MMSI, propietario del buque, zonas de navegación autorizadas, etc), así como la relación de equipos transmisores de radiocomunicaciones autorizados. En casos excepcionales en los que no sea posible la obtención de dicha Licencia, la Administración Marítima española podrá autorizar a una Organización reconocida a expedirla en su nombre. El período de validez de esta Licencia no podrá ser nunca superior a cinco meses o hasta la llegada del buque al primer puerto español. |
#50
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Re: ITB en Gipuzkoa
Cita:
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