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VHF: Canal 77 |
#1
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Reglamentacion de los hidropedales---
Deben de estar en lista sexta los hidropedales.....?? Que equipo de seguridad deben portar (bengalas ..VHF... EPIRB..) Constituye una empresa de charter nautico el alquiler de hidropedales...?? Es necesario tener almenos el PNB para poder alquilarlos ??? Si lo despachas a zona 2 y eres PY... te lo puedes llevar a las baleares desde Denia ?? Entre bromas.... algunas de las cuestiones podrían ser serias... o no ?? Y me explico.. se le aplica alguna legislacion a esta actividad de modo similar que a la nautica deportiva o por alguna cuestion legal que se me escapa esto se omite ?? Atte. Agencia Estatal Tributaria (pdata... que rica estaba la serbesa...)
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TASHI DELEK !! Editado por yulxxx en 02-06-2010 a las 00:08. |
#2
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Re: Reglamentacion de los hidropedales---
Se consideran "artefactos flotantes", y creo que aparte del seguro R.C. de la epresa, y por la distancia que se alejan del sitio de atraque..... no precisan nada.
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Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
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#3
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Re: Reglamentacion de los hidropedales---
Hola Yulxxx.
Siento comentarte que en el ultimo viaje entre Canarias y Cadiz me paro la Guardia Civil y me multó por no tener al dia el tema de la aguas negras. Se ahora cada vez que ven hidropedales van a por el tema del retrete, porque como de serie los Americanos lo ponen con desague al mar.... . Otra cosa es la nevera, que no coge frio a no ser que pedalees con energia y recarges bien las baterias de Gel de baño. Bueno, no olvides de poner la bandera en lo mas alto del hidropedal. Felices pedaleos . |
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