![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#1
|
||||
|
||||
|
Unas cerbecitas con unos choquitos fritos, para los colegas.
El dia 21-02 me caduca el certificado de navegabilidad y tengo la duda, si antes de que caduque estoy obligado a pasar por capitania o puedo pasar despues de haber caducado. y una vez que pase por Capitania que que tiempo tengo para contactar con una empresa y pasar la inspeccion del velero de 22 pies. Sabeis aluguno se el extintor 21b que llevo caducado se ha de revisar o bien se ha de comprar uno nuevo Espero que algun colega me ilumine, gracias... Bellotero |
|
#2
|
||||
|
||||
|
Yo también tengo que pasarla en un par de meses, ¿algún consejo de otros que lo hayan vivido?
![]() ![]() ![]() |
|
#3
|
||||
|
||||
|
El extintor nuevo, que a los 5 años caducan y no se pueden revisar ( o la revisión vale mas que uno nuevo) ese te lo dejas de respeto si quieres.
La ITV la puedes pasar aunque esté caducado, el mio la pasó en septiembre y la tenia 5 años caducada (el dueño anterior era un poco despistado) y no hubo ningún problema, lo que no puedes es navegar con el, of course. |
|
#4
|
||||
|
||||
|
Buenas,
Como te comentan lo del extintor con revisarlo vale, pero hay algunos que no se pueden revisar, o simplemente es mas barato uno nuevo. Con respecto a la itb tienes que pasarla antes de que se te acabe la fecha que indica en el certificado. En cuanto se pase esa fecha y no se haya renovado, el barco se le considera que no puede navegar, ni estar en el agua y te pueden multar si te paran, así como si el certificado de navegabilidad esta caducado, los seguros no te cubren y se lavan las manos, aunque hayas pagado. Para pasar la itb, no tienes que ir a capitania, solo tienes que llamar a una empresa colaboradora para que te lo haga. Saludos y buena mar, ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() |
|
#5
|
||||
|
||||
|
Bellotero, a mi me faltan unos meses y ando investigando, aquí tienes todo bastante claro:
http://inspeccionestecnicasdebacos.blogspot.com/ ![]()
__________________
EA4GOV |
|
#6
|
||||
|
||||
|
Cita:
bellotero |
|
#7
|
||||
|
||||
|
Cita:
Lo del extintor comprare uno nuevo si por revisar el antiguo te cobran como uno nuevo. Hoy en capitania de Huelva por elefono me han dicho que no hay que llevar el certificado de N. que solo el inspector que haga la ITB lo sella y nada mas. gracias. |
|
#8
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() ¿que hay que hacer entonces además de la revisión? Cada vez estoy más liado porque en la página de Fomento pone esto: El nuevo formato de Certificado de Navegabilidad, se debe solicitar cuando la fecha del próximo reconocimiento esté próxima o se haya producido alguna circunstancia (cambio de motor, modificación importante, etc.) que requiera una inspección adicional. Se debe acudir a una Entidad Colaboradora de Inspección, con una antelación mínima de 15 días naturales a la fecha de caducidad de Certificado de Navegabilidad, si bien previamente se debe canjear el antiguo Certificado de Navegabilidad por el nuevo en la Capitanía Marítima. ![]()
__________________
EA4GOV Editado por sorpresa en 04-02-2011 a las 19:42. |
|
#9
|
||||
|
||||
|
Cita:
Cert.nav. hay casillas para poner el ok a las inspecciones sucesivas, que consu sello fecha y firma no es necesario para mi velero< 7 m. cambiar el Cet. Nav. El me hace una hoja de inspeccion y me da una copia. me ha pedido el certificado de N y la hoja de registro ordinario y certif.de idoneidad de la inst.radio electrica. Espero que te ayude essto en algo saludos bellotero ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a bellotero | ||
sorpresa (04-02-2011) | ||
![]() |
Ver todos los foros en uno |
|
|