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Antiguo 01-03-2011, 17:57
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Predeterminado Re: pregunta inocente....

Si no me equivoco la excepción a colocar la bola fondeados, para el caso que nos ocupa es:

e) Las embarcaciones de menos de 7 metros de eslora, cuando estén fondeadas en un lugar que no esté ni cerca de un paso o canal angosto, fondeadero o zona de navegación frecuente, no tendrán obligación de exhibir las luces o la marca prescritas en los párrafos a) y b) de esta regla. Regla 30 del RIPA

como el Tes 678 tiene >7m no queda eximido, pero queda el tema de que seguro que fondeas en un fondeadero , así que.....bola a proa de día, aunque reconozco que nunca yo la he puesto (la luz por la noche, si claro), pero para la próxima a ver si me acuerdo, la busco y hago que se ponga, aunque solo sea para putear a la tripulación (que si no se amaricona , como dice algún cofrade).

Por otro lado, sargazos, darte la enhorabuena por el paso, y desearte que te lo pases fenomenal este fin de semana, yo también tuve mi primer día y fue así, nunca se me olvidará de lo bien que te sientes llevando tú el barco.
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