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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#5
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Cita:
, en su anexo VI: cita"b) Condiciones de los instructores i) El instructor, además de satisfacer las condiciones determinadas en el artículo 24.5 de la presente Orden, deberá estar en posesión del Certificado de Operador General u Operador Restringido del Sistema Mundial de Socorro y seguridad maritimos." Y ese articulo 24.5 cita: " En el caso de los estudios conducentes a la obtención del título de patrón para navegación básica o patrón de embarcaciones de recreo, los profesores deberán estar en posesión de una titulación profesional marítima espa- ñola, de nivel igual o superior a patrón de cabotaje, técnico en pesca y transporte marítimo, u oficiales de la armada española. También serán validas las titulaciones de diplomado o licenciado de centros universitarios de marina civil, así como titulaciones superiores o medias con competencia profesional en los temas." ...y si ademas el certificado del PPER es literal, de solo practicas de navegacion y seguridad, pues no se, a lo mejor en alguna capitania cuela, y colado queda...pero me temo que no colará! ..nos vemos en el examen!! |
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