Cita:
Originalmente publicado por VENEZIANIS
Primero las consabidas rondas.
Pues a mí como que no me acaba de quedar nada claro en absoluto.
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Nadie te obliga a abandonar la bandera española, sobre la tenecia y uso de barcos con bandera extranjera por parte de españoles, hay suficientes BOEs y confirmaciones DOCUMENTADAS por parte de la DGMM y la Agencia Tributaria que lo avalan.
Y la leyes Belgas son claras y concisas, y no obligan a título alguno en el mar.
Te recomendaría 1 mejor traducción del francés y/o flamenco/holandés y 1 repasillo al RIPAM, en especial la regla 1(a) para saber que son aguas interiores.
Entiendo que ciertas empresas que viven de las ITBs y la absurda normativa se molesten, pero banderas aparte, la solución pasa por quitar esas absurdas revisiones y zonas de navegación, con lo cual tampoco van a vivir de ello.