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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenas, cofrades, unas
![]() Estamos la Almiranta y yo dándole vueltas a lo del cambio de bandera (yo estoy prácticamente decidido, pero ella es más reticente) y nos surge una cuestión, que paso a exponer. De la lectura de todos los hilos de la Taberna y de la lastimosa experiencia con la Administración que todos hemos sufrido alguna vez, se deduce que el cambio a bandera belga u holandesa es beneficioso, por lo que el título del post puede inducir a la conclusión (errónea) de que estoy completamente etilizado ![]() ![]() ¿A quién se le ocurriría volver a abanderar en España después de haberlo hecho en Bélgica u Holanda?No obstante, antes de dar el paso querría saber qué salida hay si a las autoridades comunitarias o belgas les da por legislar "a la española" y empiezan a hacerle a uno la vida imposible con ITBB's (Inspección Técnica de Barcos Belgas ) y similares, a 800 millas de distancia..., o exigiendo que el barco pase más de X tiempo en puertos de la bandera, o que el patrón/armador tenga que tener la titulación nacional de la bandera, etc., y que todo esto le obligue a uno a volver a la bandera de origen.¿Hay algún cofrade que se haya visto en esta situación o que sepa si los entresijos de la legislación comunitaria sobre abanderamiento pueden permitirlo? Cualquier comentario será bienvenido y recompensado con unas y unas bravas virtuales.Saludos,
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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