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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#16
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En principio al astillero le da igual hacer una que dos facturas, pues el sujeto pasivo es la persona física o jurídica a cuyo nombre se efectúa la primera matriculación, siendo la que resulta obligada a liquidar el impuesto.
A la Hacienda Pública le da también igual una que dos facturas si las dos son del astillero, pues considerará que los equipos forman parte de la embarcación si o si. Distinto sería si la las facturas de los equipos fueran emitidas por otra(s) empresa(s) El tema es que si tu presentas en hacienda una declaración / liquidación presentando una única factura (escondiendo la factura de los equipos), nadie va a ir a continuación a comprobar el barco. Ahora, Hacienda dispone de un plazo de 4 años para comprobar tus declaraciones. Si te pilla, ya sabes: el importe no ingresado + el recargo + los intereses + la sanción.
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SAL PARADISE MMSI: 224295240 ![]() "Los españoles tenemos una mala costumbre: Primero tomamos partido y luego justificamos nuestro argumento, cuando antes deberíamos informarnos y después tomar partido.". |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Sal Paradise | ||
eilnet (16-10-2014) | ||
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