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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#2
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Abro la "veda".
BOTIQUINES segun Orden FM 1144/2004 sobre Equipos de seguridad (Tema 11) http://www.fomento.es/NR/rdonlyres/2...OM11442003.pdf La embarcaciones CON tripulación contratada deben llevar botiquin tipo A, B, C El detalle de las categorias de botiquines segun distancia/actividad se especifica en Real Decreto 258/1999 http://www.ugttransporteseuskadi.org...medica_mar.pdf (mirad en paginas 10 y 11). CReo que todo el mundo "PPER" tiene asumido que el Botiquin C es para navegacion a menos de 12 millas en embarcacion con tripulacion contratada. PERO, si leeis en pagina 11 del enlace que os he propuesto "11. Embarcaciones de recreo con tripulacion contratada que realicen viajes en los que permanezcan alejados de la costa a menos de 12 millas Y QUE NO permanezcan mas de 24 horas fuera de puerto". Se lo preguntaba el otro dia a un amigo de estos que digo que ayudan y no terminamos de aclarar el tema: CASO: Si a mi me contratan para llevar un velero y dar la vuelta a Ibiza, fondeando cada noche en una boya, paso mas de 24 horas fuera de puerto. Significa esto que debo llevar en el barco un botiquin B? Si es asi, posible "truco": pasar a repostar cuanta como entrada en puerto? incluso simplemente parar en el pantalan de cortesia a tomar una arroz? No olvidemos la pregunta: ¿vale simplemente lo de estar a menos de 12 millas para un botiquin Tipo "C" o tambien aplica lo de menos de 24 horas fuera de puerto ? Y otra pregunta: Cual es la sancion por no llevar el botiquin que debes? gracias Eduardo |
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