impartir formación teórica RD 875/2014
Buenos días Tabernarios.
He leido el nuevo RD que regula los títulos naúticos. Estoy pensando para un futuro no inmediato, dar clases de formación teórica. Ya sabeis, reinventarse a uno mismo en tiempos dificiles. Pero la lectura del texto me ha dejado frío. Solamente regula la formación práctica. Dice textualmente:
"No es objeto de este real decreto la regulación del perfil profesional que tendrán aquellas personas que impartan formación teórica orientada exclusivamente a superar las pruebas teóricas convocadas por las distintas administraciones competentes para la obtención de los títulos que habilitan para el gobierno de embarcaciones de recreo."
Mi pregunta es:
¿dónde puedo encontrar regulada esta actividad?. Si alguien puede ayudarme, lo agradeceré enormemente.
Saludos.
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