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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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ronda bien cargada para todos que los temas de leyes dan dolores de cabeza
mi duda es la siguien revisando el BOE de 2010 ( creo que es el ultimo real decreto y que no hay ninguna modificacion actual ) me he econtrado con esto: "Art 11.1 . Las embarcaciones nuevas construidas por aficionados se podrán abanderar y registrar en la lista séptima siempre que se presente un proyecto elaborado y firmado por técnico titulado competente, en el que a juicio de la Administración marítima se demuestre que la embarcación cumple con lo establecido en la Orden FOM/1144/2003. y con los requisitos esenciales establecidos en el anexo I del Real Decreto 2127/2004. El cumplimiento con las normas armonizadas del anexo XVIII del Real Decreto 2127/2004 será admitido como suficiente respecto al cumplimiento de los requisitos esenciales. El seguimiento de la construcción de estas embarcaciones será realizado por la Administración marítima de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1837/2000, de 10 de noviembre. Asimismo, habrán de superar con resultado favorable el reconocimiento inicial realizado por la Administración marítima de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.A del Real Decreto 1434/1999." aqui explica los pasos a seguir si deseas abanderar y matricular una embarcacion de construccion amateur ( obviamente sin certificado CE ) pero mas arriba me encuentro con esto: " Art.8.1: Todas las embarcaciones de recreo de eslora igual o inferior a 12 metros están exentas de la obligación de abanderamiento y matriculación, así como de despacho, siempre que la propia embarcación y su equipo propulsor ostenten el marcado CE. No obstante podrán ser abanderadas y matriculadas a petición expresa del titular, en cuyo caso será de aplicación el régimen general establecido en el artículo 9 de este real decreto." con lo cual me deja a entender que si tienes un barco con CE no hace falta abanderar ni matricular con el dolor de cabeza y de bolsillo que supone eso, pero claro si el barco es de construccion amateur no tiene marcado CE. Aqui vienen mis dudas, es mas sencillo sacarle el marcado CE a un barco de construccion amateur o es mas sencillo ( y barato ) hacerlo de la forma que explica en el Art 11 y la segunda duda es: si compras unos planos de cualquier embarcacion de la union europea por ejemplo: http://www.thomassondesign.com/en/ca...ts/sharpie-600 estos planos hacen que tu barco tenga marcado CE? muchas gracias de antemano!! un chupito de ron para despedir |
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