Cita:
Originalmente publicado por remojado
si el motor estaba instalado en un barco con solicitar en capitania una libre disposición del mismo es suficiente, luego contrato de compraventa y pago de impuestos de transmisiones.
he leído ya en varios sitios lo de únicamente contrato de compraventa, y digo yo esto no abre una puerta a la venta de motores robados
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exacto amigo, yo te puedo vender a ti un motor, y hacemos un contrato de compra - venta, tu siempre puedes sacar ese contrato, pero yo ese motor lo habia robado, y esta denunciado en la guardia civil, a ti te requisan el motor para entregarlo a su legitimo propietario, a ti con todo tu contrato te pueden acusar de "recepcionista de un motor robado" y a mi pues claro está que como no puedo demostrar la procedencia del motor, me mandan a "carabanchel" una temporada
moraleja, si no hay una justifiacion de su legitima procedencia, no se compra,
una persona puede haber perdido " una factura legal" con el paso de los años, pero debe pedir una copia al distribuido de la marca, o al comercio donde la adquirio
saludos