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Originalmente publicado por Goesf
Buenos días, soy compañero de profesión y en mi caso patrón portuario es la titulación mínima exigida para despachar nuestra embarcación, así como formación básica para los marineros que vayan a bordo, la capitanía solo autoriza titulaciones de recreo para personal voluntario, es decir cómo decía alguien en este foro en el momento que cobras pasas a ser profesional y el patrón cobra el sueldo por su trabajo y normalmente el ayuntamiento o la comunidad facturan por los servicios de rescate, con lo cual mientras no se denuncie o pase algún accidente que se judicialice no hay problema pero todo personal que hace esas labores cobrando aunque no sea su función principal están haciendo intrusismo profesional. Que nos afecta a todos los titulados náuticos .
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En nuestro caso ya te digo yo que capitanía nos autoriza sin ser voluntarios a patronear nuestras dos embarcaciones de lista 8ª, aun así, estoy contigo, deberíamos ser todos patrones profesionales, mínimo portuarios y libreta básica para cualquiera que suba a bordo de la embarcación sin ser víctima, claro.
saludos!