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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#20
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Cita:
Efectivamente no vale como ejemplo. En esas fechas se aplicaba a las embarcaciones el mismo criterio que aun se sigue con los automóviles. Si vas a permanecer en España, lo matrículas en España. Desde 2011 esto ha cambiado y ya puedes navegar en España de forma permanente sin ninguna limitación temporal. Respecto a la posible exportación en el caso de que salgas de territorio UE, e insisto en que no se como lo pueden verificar, tal como comenta Apagapenol, cada vez que envío equipos a reparar al exterior, y lo hago con frecuencia, adjunto una declaración jurada índictando este hecho para evitar abonar importación cuando regrese. Asi que seria cosa de hacer lo mismo antes de salir, si fuese necesario, cosa que dudo. Finalmente, como comenta kuovadix, aunque entrase en vigor la OM, seguiría siendo de interés abanderar en otro país. Por ejemplo, podría dar la vuelta al mundo con el PER, y el equipamiento correspondiente a zona 4, sin que el seguro pudiera alegar nada en contra.(hablo del aspecto legal y no de la imprudencia de quien lo hiciera). Por tanto,sigue siendo del máximo interés abanderar en otro país. A ver si conseguimos dar con alguno donde el trámite sea sencillo y accesible, que el mundo es muy grande y alguno habrá. Yo si brindo ![]() ![]()
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"Si no sabes hacia donde se dirige tu barco, ningún viento te será favorable." |
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MAEVA (28-10-2018), navegante 2007 (14-10-2018) | ||
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