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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#2
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En ninguna parte. La Administración española no ha ratificado la Resolución 40 de la UNECE, por lo que no expide el ICC a sus súbditos (sí, la palabra "súbditos" está elegida a propósito). Sin embargo, sí reconoce el ICC a los ciudadanos de otros países, y para redondear la arbitrariedad, ni siquiera reconoce el ICC a los ciudadanos de todos los países que sí han ratificado la Resolución 40.
La mayor parte de los países sólo expiden el ICC a ciudadanos y residentes. Una excepción es Reino Unido, que sí los expide a extranjeros bajo ciertas condiciones; aquí tienes toda la información: https://www.rya.org.uk/knowledge-adv...Pages/hub.aspx De todos modos, despídete de obtenerlo por convalidación de un título náutico español. Tendrás que hacer el examen; creo que en algunos lugares de España hay centros de la RYA donde podrás examinarte. Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) Editado por Apagapenol en 31-08-2020 a las 19:40. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Apagapenol | ||
Rafaseaman (03-09-2020) | ||
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