Cita:
Originalmente publicado por Icarus
Si en el envase pone "Medicamento sujeto a prescripción médica", no te lo puedan dar legalmente sin dicha prescripción médica.
Ver en el enlace:
Articulo 3.5
Articulo 19.1 y 19.7
Y especialmente Articulo 79.1 y 79.2
Solo médicos y algunos profesionales acreditados pueden dispensar recetas válidas para la obtención de medicamentos sujetos a prescripción médica.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.ph...OE-A-2015-8343
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Artículo 86, apartado 4:
4. Por razones de emergencia y lejanía de la oficina de farmacia u otras circunstancias especiales que concurran, en ciertos establecimientos podrá autorizarse, excepcionalmente, la creación de botiquines en las condiciones que reglamentariamente se determinen con carácter básico, sin perjuicio de las competencias que tengan atribuidas las comunidades autónomas en esta materia.
Pues queda claro, por razones de emergencia y lejania de la farmacia y del medico, los barcos y tambien los aviones y otros establecimientos no solo estan autorizados a llevar ciertos medicamentos en su botiquin sino que estan obligados a ello bajo pena de sancion.
Es mas, en este caso no cabe la receta porque no se le prescribe a una persona en concreto sino que esta disponible en el barco para cualquier tripulante que lo necesite en unas circunstancias en las que no se puede acudir a un medico ni hay una farmacia disponible, porque para eso se tienen los botiquines. Si los botiquines se hicieran con receta solo podrian usarlos aquellos para quienes se les ha recetado y no es el caso.
En nuestro caso la ley nos obliga a llevar almacenados ciertos medicamentos, no hace falta receta para eso, el propio reglamento lo autoriza.
Es que es de sentido comun.
