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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola a todos y una ronda. He recibido ayer esta notificación de mi club náutico sobre la prohibición de llevar a bordo combustible de reserva en garrafas o depósitos dictadla por la Capitanía Marítima de Cádiz.
No sé si conocíais algo parecido en vuestra zona. Os remito articulado de la Resolución de 5 de Abril de 2023 de la Capitanía Marítima de Cádiz sobre el almacenaje de combustible en embarcaciones. A efectos de prevenirte que puedes ser sancionado si lleva una garrafa de combustible de repuesto, te traslado parte de la resolucion. CUARTA. Almacenamiento y transporte de combustible a bordo de las embarcaciones. Las embarcaciones deberán almacenar los hidrocarburos que empleen para combustible únicamente en los tanques y depósitos instalado a tal efecto, según lo indique sus certificados y, 0, en su caso, la declaración de conformidad expedida por el fabricante. La instalación de contenedores, depósitos o petacas adicionales para el almacenamiento de combustibles, no recogidos en los certificados o declaraciones de conformidad, se considera una modificación no autorizada que afecta a la seguridad marítima. El combustible que transporte una embarcación lo será para su propio consumo, salvo que se trate de una embarcación diseñada, certificada, debidamente despachada para el transporte de hidrocarburo como carga. SEXTA. Sanciones El incumplimiento de estas instrucciones podrá dar lugar a la iniciación del correspondiente procedimiento administrativo sancionador, de acuerdo con lo previsto en el texto refundido de la Ley de Puerto del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el real Decreto Legislativo 2. 011. de 5 de Septiembre. Texto completo https://www.bopcadiz.es/.boletines_p...0_17-04-23.pdf Enviado desde mi iPad utilizando Tapatalk Pro |
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