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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#5
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Hola cofrades, unas
, para todos los escuchantes y lectoresHe encontrado esto en la Consejería de ganadería, agricultura y pesca de Cantabria: Artículo 9 Topes máximos de capturas 1- Con carácter general el tope máximo de captura por licencia y día en la pesca marítima de recreo sera de 5 Kilogramos. En la pesca desde embarcación, cuando el número de licencias a bordo sea superior a CINCO, no podrá superarse el máximo de 25 Kilogramos por embarcación y día. En ambos casos se admitirá un incremento del peso establecido imputable únicamente a la última captura. 2 - En especies sometidas a medidas de protección diferenciadas especificados en el anexo III de este Decreto, los topes máximos de capturas serán: a) cinco piezas por licencia y día, con un máximo de 20 piezas por embarcación y día, para el conjunto atún blanco, patudo y merluza. b) Un apieza por licencia y día, con un máximo de custro piezas por embarcación y día, para el resto de especies. 3 - Las embarcaciones de pesca recreativa no podrán tener a bordo capturas superiores a los límites máximos. BOC- Número 74 jueves, 18 de Abril de 2020, página 3381. Autorizados por cada día en los apartados anteriores, quedando expresamente prohibido cualquier transbordo de los mismos ![]() ![]() |
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