Gracias por tu información, Guillermo.
El criterio de las autoridades gallegas parece razonable. Por lo menos alguien se ha preocupado de ayudar a los administrados a cumplir las leyes, que debería ser una de las primeras preocupaciones de la administración.
Cita:
Originalmente publicado por guillermogefaell
"Artículo 9. Exenciones.
1. El capitán de un buque que opere en tráfico regular con escalas frecuentes y regulares en determinados puertos podrá solicitar a la Capitanía Marítima de cualquiera de los puertos de escala de dichas rutas una exención total o parcial de las obligaciones reguladas....."
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Esto no creo que tenga mucho que ver con nosotros, por lo de las
escalas frecuentes y regulares.
Además entiendo que las obligaciones se refieren a que un barco que haga una ruta regular: Sevilla - Las Palmas de Gran Canaria, por ejemplo, no tenga que hacer la notificación obligatoria (con 24 h de antelación) cada vez que se traslada, o que no tenga que justificar la entrega de residuos en ambas capitanías, sino sólo en una de ellas.
No sé si se podría aplicar a barcos de charter que hagan travesías fijas, pero me parece que están pensando más en los mercantes.
¡Qué raro!
