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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#8
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Cita:
tenemos Primer caso: Hay peligro para las vidas en la embarcación (ej. hundimiento) Es obligatorio salvar vidas y no se cobra por ello. Segundo caso: Salvamento voluntario Peligra la embarcación. Se cobra por ello (por acuerdo o contrato o lo que dicta el Tribunal Marítimo Central). Debe haber salvamento y resultado util para poder cobrar. Después de deducir los gastos y indemnización para el armador:
No hay peligro inminente para la embarcación. Se cobra por ello pero en menor cuantía que el segundo caso (por acuerdo o contrato o lo que dicta el Tribunal Marítimo Central).
por esta faena. Yo he remolcado a uno frente al puerto (3 caso) pero no he cobrado por ello!! No lo he pedido pero tampoco me han invitado a unas ![]() ![]() reales. La próxima vez les cobro!! ![]() ![]() ![]() Editado por ivanlc en 04-05-2010 a las 13:40. |
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