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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#16
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Cita:
Yo tampoco tengo ni idea de para qué nos puede servir lo de los fletes, pero el concepto de AVERÍA GRUESA y AVERÍA PARTICULAR sí me parecen muy importantes y también su realción con el seguro marítimo... (aunque no sé si el criterio de los examinadores irá por ahí) ¿Qué pasa si tienes a un grupo en un barco alquilado y se estropea el motor muy lejos (ej.: Baleares) del puerto base (ej.: Península)? ¿Tendrá que asumir el coste de la reparación el patrón o bien el armador? Claramente: el armador, si el gasto se ha invertido en el barco y el precio es razonable. ¿Qué pasa si tienes que tomar alguna medida de cierto coste para evitar que el barco se hunda o males mayores? Pues lo mismo. Es avería gruesa... ![]()
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Iñaki Editado por Iñaki/Sinvergüen en 17-02-2011 a las 16:50. |
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