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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#2
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Buena pregunta.
Respondo en base a lo que existe legalmente. Para poder pescar (legalmente) hay que tener:
Porque todo lo que he dicho está pensado para barcos españoles. No sé cómo se hará para un barco extranjero. Regulación de pesca en aguas exteriores (toda España, aguas exteriores son aquellas que estén fuera de las líneas de base): https://servipes.marm.es/recreativos...vo_decreto.pdf Pesca en Baleares: http://www.caib.es/govern/organigram...ng=es&coduo=55 Licencia de pesca de Baleares (personal): http://www.caib.es/govern/sac/visor_...ng=ca&coduo=55 Licencia de pesca para embarcación de Baleares: http://www.caib.es/govern/sac/visor_...ng=ca&coduo=55 Solicitud de la autorización especial del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino: https://servipes.marm.es/recreativos...articular.aspx Anexo II. Especies para las que hace falta autorización especial del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino: Cita:
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Sausalito III (Puma 26) Pumeros: http://clubpuma.ning.com/ ANAVRE: "Ya nunca navegarás en solitario" Asociación de navegantes de recreo |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a otoio | ||
Vladis (13-07-2011) | ||
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