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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Nos han informado que dada la actividad económica de la empresa, no habría ningún problema en que el barco lo comprara la empresa en vez de hacerlo a nivel particular.
(Hablamos de un barco pequeño (8-19 m) y de poco dinero, unos 20 mil, no grandes barcazos) Pero se me ocurren mil preguntas: - Habría que ponerlo obligatoriamente en lista 6º o puede estar en 7º - El iva por lo que he oído lo mejor es pagarlo igual, para evitar inspecciones de hacienda con ganas de buscar cosquillas. - Se me ocurre que podría ser ventajoso para pasar los gastos del barco (mantenimientos, amarre, reparaciones, equipamiento) como gastos Pero no se si es poner complicaciones donde no las hay o efectivamente puede merecer la pena. Alguien sabe algo de esto?
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LET IT FLOW y sonríe, siempre, siempre, sonríe... Al amigo le alegras... y al enemigo, le jodes
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