![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#1
|
||||
|
||||
|
Hola a todos y por supuesto un par de rondas de cervecitas para todo aquel que guste
![]() Bien ahi va mi cuestion, que ademas es la primera, jejeje, a ver si algun cofrade me puede ayudar, yo tengo un vela ligera de 4,70 m de eslora, con lo que ateniendome a reglamentos y reales decretos no necesito ni matricularlo, ni registrarlo ni nada por el estilo en lista 7. Bien si te vas a la web de fomento y buscas en titulaciones aparece esto: No se necesitará título de recreo Durante el día y en las zonas delimitadas por la Capitanía Marítima (sin poder superar nunca los límites del título de Patrón de Navegación Básica), se podrán gobernar las siguientes embarcaciones/ aparatos flotantes, sin necesidad de un título:
Pues bien llamo a Capitania maritima de Cadiz para saber que zona tienen delimitada para que yo pueda navegar con mi barco y me dicen que al no estar matriculada que ellos no tienen nada que ver con eso, que dependera de la federacion andaluza de vela y aqui viene lo mejor llamo a la federacion y me dicen que el limite es el que yo quiera que "no hay mas limite que la propia responsabilidad" lo cual me parece un autentico disparate, hay alguien que sepa realmente cual es la zona delimitada por capitania maritima en cadiz para navegar con tu vela ligera? muchas gracias y perdon por el tochazo pero queria dejarlo bien explicado |
|
|