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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Cita:
La ley, que nace de una normativa europea, dice que cualquier residente en España (sea español o no) puede comprar o mantener un barco con bandera extranjera SIEMPRE Y CUANDO cumpla con los impuestos en España (ahí está lo bueno, pagas los impuestos pero te olvidas para siempre de ITBs, homologaciones, zonas de navegación, etc...) Por lo tanto, en principio cualquier español puede dar de baja su bandera española y cambiar la bandera de su barco, de hecho, ya son muchos los que lo han hecho, incluso los paró la Guardia Civil y no pudieron hacerles nada. Ahora bien, no todos los paises permiten que uses su bandera: cada pais tiene sus requisitos. Por eso casi todos eligen Holanda o Bélgica, porque son paises que conceden su bandera aunque no residas allí. Otros paises, como Alemania, te piden que seas residente, y otros como UK, te conceden el Part I tras una inspección inglesa denominada Tonnage Survey y tras nombrar a un Representative Person en el pais. Resumiendo, lo más fácil Belgica y Holanda. Espero haberte aclarado en algo tus dudas.
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Mi blog en: Sailing Florence May. |
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