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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola Taberneros, desde hace algunos días ando algo mosqueado y no por falta de ron. Un pirata que parecía "bueno" me ha estafado y eso duele.
Os cuento: Compre una embarcación de segunda mano a un particular que estaba estacionada en un amarre de transito que depende del Govern de les Illes Balears. Cuando le compre la barca negociamos verbalmente ( mal hecho ) que el pagaría el amarre mientras tuviera la barca y que no me preocupara. Ahora al sacar la barca del amarre de transito me ha llamado puertos y me reclama el importe del amarre desde el día que se firmo el contrato de compraventa ya que el antiguo propietario de la barca se niega a pagar y eso que el era el titular del amarre de transito. Preguntas Como puede puertos reclamarme nada si yo no he firmado ningún papel como titular de ese amarre de transito? Como puede puertos utilizar un contrato de compraventa ( fotocopia ) como prueba fehaciente del cambio de titular de la embarcación, si no tienen mi DNI para comprobar la firma del contrato? Puede puertos aplicar la tasa con carácter retroactivo si disponen del contrato de compraventa desde hace pocos días? Pues eso, espero que algún tabernero con conocimientos me ayude. Por el peñazo de mail invito a unas rondas ![]() ![]() ![]() |
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