Buenos días cofrades, una ronda de birritas para empezar.

En la Orden FOM 1144/2003 por la que se regula, entre otras cosas, el material indispensable abordo en las embarcaciones de recreo, en su art. 12 apartado 2 d ii sobre Cartas y libros nauticos, dice que para las zonas de navegación 1,2 3 y 4 "Son obligatorios... el Manual de Primeros Auxilios, ..."
El Manual de Primeros Auxilios lo distribuye el Instituto Social de la Marina, les he llamado y me han dicho que tienen una instrucción interna por la que no hace falta en las embarcaciones de recreo. Que la instrucción interna como es interna no está publicada, pero que no me preocupe que en el caso que me pare la Guardia Civil no me pedirá este manual, pero si me lo pide, que recurra al Capitán Marítimo que él seguramente tendrá conocimiento de esta instrucción.
¿Qué os parece?