Tengo una duda a ver si me podéis ayudar: en caso de querer montar el motor que llevo ahora en mi barco en otro barco que compre qué debería hacer ?
Sé que los fueraborda ya no se asientan en la documentación así que lo normal es llevar el contrato de compra venta encima pero si el motor ya era mio pero en otro barco no hay tal contrato de compra venta, con llevar la hoja de registro del barco "donante" con el asiento del motor es suficiente?
Y qué pasa si luego vendo el barco donante, lógicamente sin motor? Realmente la hoja de registro que lleve en el nuevo barco ya no sería real, pero sería legal.
Gracias
