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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#8
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Hola Juanitu:
efectivamente, no hay ningún problema. Todos vendemos y compramos antes de morirnos :-) Si el vendedor se muere unos pocos días después de vender, en la herencia no figurará la embarcación sino el precio que ha cobrado, y si todavía no está cobrado figurará el crédito frente al comprador. El único problema sobre la fecha de la venta es cuando hay terceros además de comprador y vendedor: acreedores, hacienda etc. Es interesante sobre esto esta sentencia del Supremo: http://impuestos-av.blogspot.com.es/...iedad-por.html |
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