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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#9
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Una vez mas intentaremos aclarar este tema. Existe una NOTA INFORMATIVA de la DGMM donde se aclaran de una manera clara la obligación de solicitar la instalación o bien la de notificarla.
En dicha nota (NOTA INFORMATIVA 1/2011), dice textualmente en el punto 1 refiriéndose a las instalaciones para ZONA 4 (12 Millas) 1.- Esta embarcaciones unicamente están obligadas a llevar un equipo de VHF que funcione mediante radiotelefonía. No están obligadas a disponer de MMSI, ni de Licencia Estación de Buque (LEB), ni tampoco de solicitar autorización o notificar la instalación del equipo. Los equipos aprobados válidos son los que figuran en la aplicación informática con numero 50.xxxx. Con respecto a las embarcaciones autorizada para 5 millas, en el punto 2 de la misma nota informativa dice lo siguiente cuando se instale uno fijo: .... los procedimientos a aplicar serán los mismos que se han indicado el el epígrafe anterior. Resumiendo para la instalación de un equipo VHF fijo sin Llamada Selectiva Digital no es necesario ni solicitar su instalación ni notificarla, aunque si debe ser un equipo homologado. Saludos Guillermo |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a | ||
Dibujito (19-07-2014) | ||
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