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VHF: Canal 77 | ![]() |
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#1
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![]() Hola cofrades,
lo cuento para ver si alguien está o podría estar en la misma situación que yo y ver si la solución aplicada es correcta. Despues de leer que a algunos miembros de esta casa, la GC les requeria el seguro y el IEDMT (impuesto de matriculación) al verles bandera holandes/belga/etc. en la popa, me decidí a ver que pasaba en mi caso... Resulta que mi barco se matriculó por vez primera en lista 6ª en 1992, antes de que existiese la ley 38/1992 de impuestos especiales, que entró en vigor el 01/01/1993. Po lo tanto, en mi hoja de asiento no consta como pagado el IEDMT, aunque si aparece el ITP. No entiendo de leyes, pero el sentido común dice que una ley que no existia no pudo aplicarse sobre mi barco, por lo que no tengo documento que acredite el pago del IEDMT ni documento que me exima del pago. Consultada Haciendoa sobre el caso concreto...no tienen ni idea, me dicen que hable con Capitania... Total, la solución que llevo conmigo a bordo por si la GC me para y me pide ese documento: - Ley impresa donde pone muy claro cuando entró en vigor. - Documentos antiquísimos(y un montón de fotocopias para repartir a los GC) del ministerio de defensa(Armada) donde dice que mi barco se matriculó en lista 6ª en el 92, cuando aún no existia la ley. Gracias a Dios el antiguo armado guardó todos los papeles viejos del barco... ¿Podré defenderme así cuando los GC me pidan el citado impuesto al ver dentro de poco mi nueva bandera holandesa en popa? Perdón por el ladrillo. ![]() |
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