![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#14
|
||||
|
||||
|
Concepto de embarcación de recreo
Resulta conveniente conocer cuál es el concepto de embarcación de recreo según la legislación vigente, a fin de diferenciarla del resto de embarcaciones y conocer la normativa que les es aplicable. Según el artículo 2.1 del RD 1434/1999, de 10 de septiembre, se consideran embarcaciones de recreo aquéllas de todo tipo, con independencia del medio de propulsión, que tengan eslora de casco comprendida entre 2.5 y 24 metros, proyectadas y destinadas para fines recreativos y deportivos, y que no transporten más de 12 pasajeros. Dicha definición será corroborada posteriormente por el Real Decreto 2127/2004, de 29 de octubre, en su artículo 3.a), si bien ampliando su ámbito a su utilización con ánimo de lucro (arrendamientos) o con fines de entrenamiento para la navegación de recreo. Por otra parte, el artículo 2.a) del RD 544/2007 de 27 de abril, aplicable a embarcaciones de recreo de lista séptima, define a las incluidas en su ámbito como embarcaciones civiles de cualquier tipo con independencia de su medio de propulsión, cuyo casco tenga una eslora comprendida entre 2,5 y 24 m. y estén destinadas a la realización de actividades de recreo u ocio sin ánimo de lucro o a la pesca no profesional |
|
|