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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#6
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![]() hay algo que no me cuadra que alguien me lo expliqueseria el reglamento de autoridad portuaria de baleares ilegal ![]() 7- Certificado de Navegabilidad o certificado de inscripción con inspección de reconocimiento vigente. Para embarcaciones iguales o mayores de 6 metros deberá estar actualizado. (R. D. 1434/1999 o aquel que lo sustituya en el tiempo) Para embarcaciones de bandera extranjera se aportará certificado de reconocimiento e inspección, equivalente al certificado de navegabilidad, realizado por entidades colaboradoras de inspección reconocidas por La Secretaría de Estado de Infraestructuras y Transportes del Ministerio de Fomento, (Inspección en seco del casco y del equipo, maquinaría principal y auxiliar, palos y jarcia, instalación eléctrica. Equipo de radiocomunicaciones, equipo de salvamento, equipo contraincendios, material náutico, luces de navegación, equipo de fondeo), actualizándose cada cinco años como máximo para embarcaciones iguales o mayores de 6 metros http://www.anavre.org/index.php/pral...es-en-baleares http://www.portsdebalears.com/imagen...1402908051.pdf ![]() ![]()
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