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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Saludos a los cofrades.
Tengo una duda (otra más) sobre una pregunta de un test que afecta a las reglas 14 y 18 del R.I.P.A.; Situación de Vuelta Encontrada y Obligaciones entre Categorías de Buques, respectivamente. El test plantea esta pregunta: Si navegando en un buque de propulsión mecánica nos encontramos por la proa con otro buque que exhibe una marca consistente en dos conos unidos por las puntas y a la derecha un cono con el vértice hacia arriba ¿quién debe maniobrar? El buque de las marcas lo identifico como un pesquero no de arrastre con aparejos >150 mts., extendidos por su costado de babor. Y por eso, aplicando la regla 18, pienso que deberíamos maniobrar nosotros (buque de propulsión mecánica maniobra a buque de pesca). Sin embargo, el test da como respuesta correcta que ambos buques deben maniobrar cayendo a estribor; aplicando, por ello, la regla 14. Pero, pienso yo, si caemos a estribor pasaríamos por el costado de babor del buque, que es por el que lleva extendido el aparejo, y solo sabemos que su longitud es >150 mts. pero no su longitud total. No entiendo mucho (más bien nada) de aparejos de pesca, pero por documentales que he visto sé que algunos llegan a medir kilómetros; posiblemente estos sean más los de arrastre, pero puede que otro tipo de pesca los use también de longitud considerable. Por todo lo dicho, a mi escaso entender, creo que lo más conveniente para esta situación sería maniobrar nosotros al pesquero y pasarle por su costado de estribor y así nos evitaríamos complicaciones. Aunque lo que yo crea y "ná" es lo mismo, porque para eso están las reglas. ¿Es correcto que esta situación se resuelve aplicando la regla de Situación de Vuelta Encontrada, o no? Saludos ![]() |
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