Cita:
Originalmente publicado por SMJJ
Más o menos va así:
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Si no se pagó por no existir el impuesto, entonces no tienes derecho a no sujeción y debes liquidar em impuesto.
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Todo esto es un poco lioso, entonces un barco que lleva 20 años en España, que siempre a pertenecido a un español, (español al corriente de todos sus impuestos) que ha estado matriculado en España, ahora cambia de pabellón, y tiene que tener el dichoso papel que no existe ?, digo yo que habrá algún supuesto de prescripción si hacienda no pidió el papel hace 20 años no puede exigir el papel ahora, normalmente en todas las actuaciones de asuntos fiscales te puede solicitar los últimos cuatro ejercicios lo anterior sencillamente esta ya prescrito.