Cita:
Originalmente publicado por North Side
Pasas por alto que ese abogado se está refiriendo siempre a la imposibilidad de hacerlo una persona de nacionalidad española y residente en España. El caso que nos ocupa es diferente y la ley contempla esa diferencia.
|
de donde te sacas lo de que se está refiendo a la imposibilidad de hacerlo una persona de nacionalidad española y residente en españa
aqui no hay más cuestion de que es una persona de nacionalidad española navegando por aguas españolas, con embarcacion abanderada en pais extanjero
compañero creo que no sabes de que va el tema, que diferencia hay entre el caso del cofrade, y el que tu supones,porque no sabemos que es lo que tu supones, y que ley es la que comtempla esa diferencia, y que es lo que comtempla, ?
saludos