![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#1
|
||||
|
||||
|
Buenas tardes cofrades,
Quiero montar una empresa náutica. Ya me dedico al sector inmobiliario y veo un nicho de mercado en los barcos para nevegarlos, pero también para vivirlos. Es decir, quiero aproximar a la náutica también a esos que nunca han pisado un barco, pero que les gustaría tener la experiencia de habitarlos y luego navegarlos. Para ello pregunto/propongo: 1) Proponer el barco como casa- flotante- vacacional. Con servicios extras como navegar(day charter o crucero). No todo el mundo tiene el mismo interés en adentrarse en el mar, de hecho, conozco mucha gente que le da miedo el mar, pero que le gustaría vivir la experiencia de habitar unos días en un barco, como primera aproximación al mar. (Luego ya se verá: igual son clientes de futuro). Como argumento en favor de esta idea, pienso que no todas las personas están preparadas física y psiquicamente para llegar a un velero, dejar las maletas y salir zumbando a las olas y al viento. A esos que prefieren ir poco a poco, también dirijo mi objetivo empresarial. Es lógico que a esos que ya navegan y no tienen problemas, también dirijo mi propósito. La idea es que cada persona/familia tome la experiencia que quiera. Y el que sólo quiera disfrutar de la bañera como si fuera una terraza en primera línea de mar, tomando por las noches el movimiento del barco como una mecedora, pues que lo haga. Al fin y al cabo, las vacaciones son de uno y cada cual tiene derecho a vivirlas como quiera, de una forma diferente. Por un lado puede apetecer olas, viento y batidora y por otro pijería, copa de cava y tintineo de cabos contra el mástil mirando hacia ningún lado. El caso es que estoy mirando el tema legal y no he encontrado mucha cosa respecto al tema barco como casa flotante. Toda la normativa se dirige hacia la lista sexta y el alquiler de embarcaciones con o sin patrón. Perfecto, ya lo tengo todo en marcha, además la normativa aquí en Catalunya es bien estricta. Mi pregunta es si alguien sabe si podría tener algún problema por tener un barco en puerto como si fuera un apartamento (en este caso) y que se convierte en velero cuando navega. No se si desde capitanía podrían poner algún pero... En otros países es muy común, pero aquí veo que todavía no hay una normativa específica. 2) En principio, la idea es comprar un velero (que es mi pasión), aunque tras pensar mucho en ello, quizás una motora sería más polivalente por la amplitud de espacio de bañera. Me refiero para empezar el negocio, luego ya iría viendo qué es lo que más demandan los clientes e incluso tener un velero y una motora para situar a cada uno en su lugar. 3) También me gustaría contactar con particulares y gestionar su barco, para rentabilizar todos los gastos de mantenimiento. En este caso, ¿Sería mi empresa la que pasara el barco de la 7ª a la 6ª mediante un contrato de gestión de alquiler? Me gustaría saber, si hay algún cofrade que haya tenido esta experiencia, cómo lo ha hecho. Disculpad si alguien se siente herido con el término casa-barco, no me paséis por la quilla plisss......., sin embargo creo que muchas personas que no están familiarizadas con el tema náutico, podrían acceder a él. Las vacaciones son para vivirlas, cada cual a su manera. Gracias y que circule el grifo de cerveza sin parar ![]() ![]() |
|
|