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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#8
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Cita:
Los procesos de inspección de embarcaciones de recreo, la ITB, están regulados por el RD 1434/1999, y sólo son aplicables "... a las embarcaciones de recreo matriculadas en España [...]". (Art. 2.1 del citado RD). Por diversas razones, de las cuales te podrán hablar con mayor conocimiento de causa los cofrades letrados, un proyecto de OM como el que nos ocupa no puede modificar un RD. Todos sabemos, lo he dicho bastantes veces aquí, que la ITB es un procedimiento administrativo en el cual un tipo pone en un papel cosas que puede haber comprobado o no - no conozco ningún caso de inspectores que se hayan subido al palo para inspeccionar la jarcia - pero eso sí, cobradas a precio de desmontaje, revisión y montaje de coche de Fórmula 1 o de satélite artificial de la NASA. Todo esto explica el tremendo interés de los inspectores en recuperar por las bravas a los clientes cautivos que se pasaron a bandera comunitaria, y que les han supuesto un "lucro cesante" considerable. Así que ya sabes, la próxima vez que te digan eso, responde algo así como "eso es lo que tú querrías, pero no va a ser así". Y te vas. Por otra parte, te recuerdo que, especialmente en este caso, sigue en pie el consejo que te daban tus papás de pequeña sobre la conveniencia de no hablar con desconocidos. ![]() Lo dicho, ni p*t* caso. Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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Bohemia (23-08-2018) | ||
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